A través de la Ley Nº 25.506 y su Decreto reglamentario Nº 182/2019, se reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, complementando las normas de derecho civil y comercial relativas a la firma, al documento, a su condición de original y a la conservación documental, elementos esenciales para otorgar seguridad a las transacciones electrónicas, promoviendo el comercio electrónico seguro y la autenticación fehaciente de las personas que realizan dichas transacciones en entornos virtuales.
Por lo tanto se instituyó la Infraestructura de Firma Digital con alcance federal, abarcando todo el territorio nacional, estableciendo las facultades y obligaciones de sus componentes: la Autoridad de Aplicación, el Ente Licenciante, el Ente Auditante, los certificadores licenciados y los titulares de certificados digitales.
El Decreto 182/2019, entre otras cuestiones, refleja las modalidades que el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) permite la firma digital de los documentos electrónicos:
Estas firmas digitales gozan de plena validez en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 25.506 y su modificatoria, asegurando indubitablemente la autoría e integridad del documento electrónico firmado digitalmente.
Es una herramienta tecnológica que permite firmar digitalmente documentos electrónicos, asegurando la autoría de un documento o mensaje y verificar que su contenido no haya sido alterado. Es una secuencia única de letras y números que vincula al firmante con un documento electrónico.
Un documento electrónico firmado digitalmente posee la misma validez jurídica que un documento en papel firmado de puño y letra.
Se usa como identificación y autenticación en internet y sistemas informáticos.
Validez jurídica: tener tu firma digital te permite firmar documentos electrónicos digitalmente con la misma validez jurídica que una firma de puño y letra. La firma se encuentra bajo control del firmante en todo momento.
Autenticidad e integridad del documento: podrás identificar al autor fácilmente y verificar si ese documento fue alterado. Por lo cual se asegura la autoría e integridad del mismo.
Seguridad: se basa en la criptografía asimétrica. Instalaciones seguras para el almacenamiento de los datos biométricos, los roles definidos para cada proceso y el personal capacitado en todos los sectores, garatizan su seguridad.
Múltiples usos: para hacer trámites con entidades privadas y públicas, tales como declaraciones impositivas y notificaciones judiciales, operaciones bancarias, contratos a distancia y documentos de comercio exterior. Se pueden firmar digitalmente cualquier tipo de archivo.https://cpcecba.org.ar/tecnica/presentacion-de-tramites-a-legalizar/
Firma Digital por Hardware (Token): funciona mediante la utilización de un Dispositivo Criptográfico (Token) que cumpla con el estándar FIPS 140-2 nivel 2 o superior, que soporte claves RSA de 2048 bits. Los mismos deberán estar homologados por NIST National Institute of Standards and Technology de acuerdo a lo establecido en la Política Única de Certificación de la AUTORIDAD CERTIFICANTE de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI).
Firma Digital Remota (sin Token): NO se requiere la utilización de un Dispositivo Criptográfico (Token), funciona a través de la Plataforma de Firma Digital Remota sin Token – PFDR, https://firmar.gob.ar/firmador/#/, y la interacción de un teléfono celular inteligente con una aplicación instalada para generar una clave OTP (One Time Password). Esta app permite generar contraseñas temporales que utilizarás como uno de los tres (3) mecanismos de autenticación.
En ese sentido el AC de Modernización (Firma Digital Remota) y el AC de ONTI (Firma Digital con Token) constituyen las Autoridades Certificantes de la Administración Pública Nacional que otorgan firmas digitales a personas humanas en forma gratuita, y cuentan con varias Autoridades de Registro habilitadas en nuestra provincia, entre ellas la Secretaría General de la Gobernación de la Pcia., el Colegio de Escribanos de la Pcia de Córdoba y la Empresa Pcial. de Energía de Córdoba – EPEC.
Para conocer todas la Autoridades de Registro habilitadas por el AC de ONTI y el AC de Modernización:
Convenio del CPCE de Cba. con la Secretaría General de la Gobernación de la Pcia. de Cba.
Autoridad de Registro del AC-ONTI y AC-Modernización, para el otorgamiento de firmas digitales a los matriculados que lo requieran.
Para acceder a un turno para obtener su firma digital debe hacerlo a través de la página web de Ciudadano Digital – Gobierno de Córdoba en https://cidi.cba.gov.ar/
https://cidi.cba.gov.ar/portal-publico/tramite/e21d8e83-3943-ed11-bd3b-005056a190ff
Firma Digital Remota: únicamente a través de
https://cidi.cba.gov.ar/portal-publico/tramite/bfc939cd-5dd0-ec11-ba3d-005056a1885b
Convenio del CPCE de Cba. con Encode S.A.
Autoridad Certificante habilitada, con sede en la Pcia. de Cba., para el otorgamiento de firmas digitales a los matriculados que lo requieran. El convenio incluye la renovación sin costos por 10 años.
Los profesionales que deseen acceder a un turno para obtener su firma digital a través de este convenio deben ingresar directamente a la página web de la empresa en https://pki.encodesa.com.ar/Solicitudes/Home.aspx, selecciona Córdoba y de ahí CPCE Cba.
Ver noticia al respecto en aquí
www.encodesa.com.ar página web de ENCODE S.A.
Encustody firmador on line para firmas digitales remotas.
Instructivo Encustody PDF
Para poder validar la autoría e integridad de documentos firmados digitalmente el usuario deberá:
Todos los archivos y la información necesaria para validar documentos firmados digitalmente los encontrará en https://www.argentina.gob.ar/servicio/valida-los-documentos-electronicos-firmados-digitalmente
Una vez instalada la cadena de confianza deberá configurar el sistema Adobe Reader DC para que al abrir un documento firmado digitalmente este sistema proceda a su validación automática, para ello podrá seguir el siguiente instructivo: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/configuracion_adobe_reader_0.pdf