Requisitos para regularizar deudas en Ganancias y Bienes Personales

No se computará el nivel de riesgo del SIPER hasta el 30 de noviembre, pero sólo hasta la categoría D.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió
hasta el 30 de noviembre el período durante el cual no considerará la
categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)
de los contribuyentes al
momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a
las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020
.

El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático
de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

La Resolución General 5080, que se publicará este jueves en
Boletín Oficial, establece que los contribuyentes podrán regularizar sus obligaciones
hasta en tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas
por su perfil de riesgo.

Esta disposición alcanza a quienes están incluidos en las
categorías A, B, C o D pero excluye a quienes estén categorizados como “riesgo
muy alto”, categoría E.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas