Vencen las obligaciones mensuales de IVA, Monotributo e Ingresos Brutos

También se deben informar Precios de Transferencia y cumplir con Comercio e Industria.

Impuesto al Valor Agregado (IVA). Entre el 19 y el 23
de julio, según número de CUIT, los responsables inscriptos deben presentar el
formulario de declaración jurada e ingresar el saldo resultante del período
junio 2021.

Impuesto a las Ganancias. Las sociedades, empresas o
explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros deben presentar el Informe
Maestro correspondiente al cierre de ejercicio de julio de 2020 , con vencimiento
a partir del viernes 23. 

Monotributo. El martes 20 es el vencimiento para
el ingreso de la cuota mensual de julio de 2021. La recategorización
semestral se habilitará el 28 de julio y estará disponible hasta el 28 de agosto, luego de que el Congreso aprobó el proyecto
para establecer nuevos aportes y escala de facturación
. Se utilizarán las nuevas  categorías de la iniciativa que acaba de ser sancionada pero debe implementarse por parte de la AFIP.

El vencimiento de las cuotas desde enero a junio se pasaron al 5 de agosto (para aplicar la cuota mensual con el mismo valor de
2020). En tanto, el vencimiento de agosto, se podrá cumplir hasta el 27 de ese mismo mes. 

Ver Agenda de
vencimientos de julio de 2021

En Córdoba

Ingresos Brutos. Los contribuyentes locales del
Régimen general de la Dirección General de Rentas, con CUIT terminado en 5, 6 ,
7, 8 y 9 deben cumplir con la obligación mensual hasta el lunes 19.

En tanto, hasta el martes 20 se extiende el cronograma de
vencimientos, según número de CUIT, para quienes tributan por Convenio
Multilateral.

Comercio e Industria. Hasta el lunes 19, los Grandes
contribuyentes (tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) deben
presentar la declaración jurada del período junio 2021 y hasta el viernes 23
tienen tiempo para cumplir con el pago.

En tanto, los medianos contribuyentes (tipo 2) deben presentar
la DDJJ con vencimiento el 23 de julio.

Ver Agenda de
vencimientos de julio de 2021

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia vencidas hasta el 31 de diciembre
de 2020 se pueden abonar con los nuevos Título de Pago de Acreencias (TIPA)
-cuya denominación bursátil es CO23-. Desde 22 de junio hasta el 21 de
septiembre de 2021, se obtiene un 30% de descuento en intereses, multas y
honorarios. 

Ver “Preguntas
frecuentes del pago con TIPA
”.

 

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