Vence Ingresos Brutos y Comercio e Industria

Sociedades tienen que cumplir diversas obligaciones del Impuesto a las Ganancias.

Impuesto a las Ganancias. El 15 de septiembre es el
vencimiento de la tasa adicional por remesas al exterior de los establecimientos
permanentes, para la presentación del formulario de declaración jurada y el
ingreso del saldo resultante de agosto de 2021. 

El miércoles 15 también vence la presentación de la
declaración jurada y transferencia electrónica de fondos, correspondiente a agosto
de 2021, para el régimen de Salidas No Documentadas.

Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales,
fideicomisos y otros con cierre de ejercicio en abril de 2021 deben presentar
la declaración jurada entre el 13 y el 15 de este mes, según CUIT, y al día
siguiente ingresar el saldo resultante.

El resto de las empresas deben ingresar los anticipos
correspondientes.

Empleadores. Hasta el lunes 13 se extiende el
cronograma de vencimientos, según número de CUIT, para presentar el formulario
de declaración jurada e ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad
Social y Obras Sociales, por el período devengado en agosto de 2021.

Ver Agenda de
vencimientos de agosto de 2021

Monotributo. Hasta el 30 de septiembre está
habilitada la opción para que los pequeños contribuyentes opten por permanecer
en el régimen simplificado o pasen al régimen general con beneficios en IVA y
Ganancias.

Ver. AFIP
habilitó la opción para permanecer en el Monotributo
.

Además, sigue la moratoria especial para monotributistas por
obligaciones vencidas al 30 de junio de 2021. Ver más
detalles
.

Por otra parte, hasta el 31 de diciembre los contribuyentes
del Monotributo que cumplan los requisitos pueden pedir los Créditos a Tasa Cero
edición 2021. 

Ver. “Guía
de AFIP: monotributistas ya pueden tramitar los Créditos a Tasa Cero

En Córdoba

Ingresos Brutos. Los contribuyentes locales del
régimen general de la Dirección General de Rentas deben ingresar las
obligaciones del mes con vencimiento el 16 y 17 de septiembre, según número de CUIT.

En tanto, aquellos que tributan bajo las normas del Convenio
Multilateral tienen que cumplir con los vencimientos entre el miércoles 15 y el
lunes 20.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba deben presentar la declaración jurada del período agosto de 2021 hasta
el viernes 17.

 

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia vencidas hasta el 31 de diciembre
de 2020 se pueden abonar con los nuevos Título de Pago de Acreencias (TIPA)
-cuya denominación bursátil es CO23-. Desde 22 de junio hasta el 21 de
septiembre de 2021, se obtiene un 30% de descuento en intereses, multas y
honorarios. 

Ver “Preguntas
frecuentes del pago con TIPA
”.

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