Se habilitó la opción para permanecer en el Monotributo

Se trata de los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal para quienes quedaban excluidos del régimen simplificado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
habilitó el mecanismo que permite la permanencia en el Monotributo para los
contribuyentes que fueron excluidos del régimen simplificado por distintos
motivos.

El beneficio previsto en la Ley de Alivio Fiscal estará
disponible entre el 1 y el 30 de septiembre
a través de la página web de la
AFIP.

Asimismo, el organismo señaló que está implementando el
beneficio del cómputo de créditos fiscales en IVA y deducciones en Impuesto
a las Ganancias
para aquellos monotributistas que permanezcan como
autónomos con el objetivo de aliviar la transición al régimen general.

Características

La iniciativa que estará habilitada a partir de este
miércoles establece que podrán permanecer en el Monotributo quienes hayan
estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y, que en algún
período, anterior hubieran excedido los valores máximos de facturación
.

También incluye a contribuyentes que entre el 1 de enero
y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos del monotributo y registrados de
oficio en el régimen general

Asimismo, la ley dispuso que podrán optar por regresar al
régimen simplificado
quienes superaron los límites de su categoría y
pasaron a autónomos o comunicaron su renuncia entre el 1 de octubre de 2019 y
el 30 de junio de 2021.

Para permanecer en el régimen simplificado deberán ingresar
una cuota especial que variará según la categoría en la que se
encuentran registrados, además de cumplir con un conjunto de condiciones. 

Si se encuentran en las categorías E, F y G deberán pagar una
cuota mensual de su categoría y si están en H, I, J y K tienen que abonar el
equivalente a 2 cuotas. Los A, B, C y D que se encuentren en esa situación
irregular conservarán su condición de monotributistas sin pagar cuota especial.

Las condiciones que deben cumplir son: no haber superado el
límite de ingresos brutos permitidos en 1,5 cantidad de veces la categoría
máxima prevista por la nueva ley y no deben poseer bienes por más de $6,5
millones en 2020. A tal efecto no será considerada la casa habitación.

La herramienta para facilitar la permanencia en el
monotributo forma parte de los instrumentos introducidos por la Ley de Alivio
Fiscal que, entre otras medidas, habilitó la moratoria para regularizar deudas
en hasta 60 cuotas y estableció un esquema excepcional de actualización de las
escalas del monotributo. La normativa también retrotrajo los valores mensuales
de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021.

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