Se termina el plazo para pedir la condonación de deudas

Esta semana hay vencimientos de IVA e Ingresos Brutos.

Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros
con cierre de ejercicio en octubre de 2021 tienen que presentar la declaración
jurada anual con vencimiento entre el 14 y el 16 de marzo, y hasta el día
siguiente tienen plazo para ingresar el saldo resultante.

En la misma fecha,
el resto de los entes deben ingresar los anticipos correspondientes.

Los establecimientos permanentes del artículo 22 deben presentar
el formulario y abonar el saldo resultante por la tasa adicional de remesas al
exterior, hasta el 15 de marzo.

El martes 15 también es el vencimiento para la presentación del
régimen de Salidas no documentadas del período febrero 2022.

Impuesto al Valor Agregado (IVA). El viernes 18
comienzan los vencimientos, por número de CUIT, para que los responsables
inscriptos presenten la declaración jurada mensual e ingresen el saldo

Ver Agenda de
Vencimientos de Marzo 2022
.

Alivio fiscal

Condonación de deudas. Hasta el martes 15 de marzo(vencimiento original el 2 de marzo) continúa disponible la posible el
servicio “Condonación de Deudas – Título I – Ley 27.653” para solicitar el
beneficio previsto en la ley de Alivio Fiscal. Ver detalles de la
Condonación de Deudas
.

Contribuyente cumplidor. Hasta el 31 de marzo  (vencimiento anterior, el 15/3) los pequeños
contribuyentes pueden solicitar los beneficios del contribuyente cumplidor de
2021. Este trámite se puede realizar, con clave fiscal, a través del portal del
Monotributo.

Procesos de fiscalización. También sigue vigente la
posibilidad de tramitar planes para regularizar obligaciones que surgen de
procesos de fiscalización de la Afip.

Moratoria. Hasta el 31 de marzo se puede adherir a la moratoria
ampliada para todos los contribuyentes. Ver Detalles
de la Moratoria
.

Ver:

·       Ya es ley el nuevo alivio fiscal

·       La Afip reglamenta la condonación y
moratoria de deudas

·       Material de análisis sobre la ley de
Alivio Fiscal

En Córdoba

Ingresos Brutos. El miércoles 16 y el jueves 17 son
los vencimientos, por terminación de CUIT, de las obligaciones mensuales de los
contribuyentes locales de la Dirección General de Rentas de la Provincia que
tributan bajo el régimen general.

Los contribuyentes que operan en el Convenio Multilateral
deben ingresar sus obligaciones mensuales entre el martes 15 y el viernes 18,
según terminación de CUIT.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y los contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba deben cumplir con la presentación de la declaración jurada de febrero
2022, hasta el viernes 18 de marzo.

Ver Agenda de Vencimientos de Marzo 2022.

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia vencidas hasta el 31 de diciembre
de 2020 se pueden abonar con los Título de Pago de Acreencias (TIPA) -cuya
denominación bursátil es CO23-. Desde 22 de septiembre de 2021 se obtiene un 20%
de descuento en intereses, multas y honorarios más un 5% por pago on line

Ver “Preguntas
frecuentes del pago con TIPA
”.

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