La AFIP y el Ministerio de Trabajo de la Nación
establecieron las pautas para que los empleadores puedan acceder a los
beneficios dispuestos en el artículo 26 de la ley 26.816 correspondiente a
personas con discapacitadas integradas a los Talleres Protegidos de Producción
y los Talleres Protegidos Especiales para el Empleo.
Como beneficio está prevista la bonificación del 100% del
pago de los aportes personales, las contribuciones patronales y la cobertura de
riesgos del trabajo.
Según se estableció en la Resolución
General Conjunta 5167/2022, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio
informará a la AFIP, mediante el envío del formulario F. 1266, las altas, bajas
o modificaciones vinculadas con los empleadores inscriptos en el Registro de
Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE).
La AFIP procederá a caracterizar a los empleadores con los
códigos “324 – Taller Protegido Especial para el Empleo (TPEE)” o “325 – Taller
Protegido de Producción (TPP)”, según corresponda, en el “Sistema Registral” y seguirá
con el procedimiento previsto.