Reducen el alcance las asignaciones familiares por hijo

Se redujo el tope máximo de ingresos para acceder a la prestación de asalariados y jubilados.

El Gobierno nacional redujo el alcance de las asignaciones
familiares por hijo, con el fin de que no se superpongan con la deducción de
cargas de familia en el Impuesto a las Ganancias de asalariados y jubilados.

Además, mediante el Decreto 702/2018 se asoció el valor del límite de ingresos
mínimo habilitante para la liquidación de asignaciones familiares, con el valor
de la base imponible mínima previsional.

El monto mínimo de remuneración aumentó de e $ 200 a $ 2.816
con el fin de “evitar la eventual captación indebida de prestaciones de la
seguridad social cuando los importes de las remuneraciones son declarados por
el empleador en forma ilegítima, por montos inferiores a los establecidos”.

En tanto, los topes salariales para acceder a la prestación se
redujeron de $ 94.786 a $ 83.917 por grupo familiar, en tanto que el ingreso
individual de cada uno de los miembros no puede superar los $ 41.959.

Estos límites se aplican a:

·        trabajadores que presten servicios remunerados
en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la modalidad
de contratación laboral

·        beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo

·        beneficiarios del Seguro de Desempleo

·        trabajadores inscriptos en el Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

El límite mínimo de ingresos previsto no resulta aplicable a
los beneficiarios de la Prestación por Desempleo.

Los límites mínimo y máximo de ingresos para el cálculo del
ingreso familiar no resultan aplicables para la determinación del valor de la
Asignación por Maternidad.

Además, se eliminaron las diferenciaciones por regiones del
país.

Consulte los topes, rangos, montos y zonas diferenciales de
las asignaciones familiares en los siguientes anexos:

ANEXO 1

ANEXO 2

ANEXO 3

ANEXO 4

ANEXO 5

ANEXO 6

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