Recuerde: hasta el 29 de mayo es el primer plazo para la moratoria

AFIP amplió hasta el 30 de junio el plazo para que los contribuyentes adhieran a la moratoria lanzada en el marco de la Ley de Emergencia.

 

La AFIP también estiró la fecha del primer corte de
inscripción al 29 de mayo, lo que les da más plazo a los contribuyentes para
adherirse de forma temprana para acceder a un menor pago a cuenta y a plazos
más largos para regularizar su situación de los impuestos en mora.

El sábado el organismo amplió hasta el 30 de junio el plazo
para que los contribuyentes adhieran a la moratoria lanzada en el marco de la
Ley de Emergencia. En el DNU 316/2020, publicado en el Boletín Oficial, se
dispuso extender por dos meses el plazo límite original para inscribirse en la
moratoria que vencía el próximo 30 de abril.

En el texto, el Gobierno reconoce que la aparición de la
pandemia ha repercutido no solo en la vida social de los ciudadanos sino
también en la economía, y por ende a muchas de las actividades que realizan los
sujetos alcanzados por el Régimen de Regularización que se dispuso
oportunamente con la Ley N° 27.541.

Además, la AFIP ya adelantó que mediante una normativa
complementaria establecerá que el Certificado MiPyME podrá obtenerse hasta el
30 de junio de 2020, ya que como se sabe contar con el documento otorgado por
el Ministerio de Desarrollo Productivo es condición necesaria para las micro,
pequeñas y medianas empresas, así como para los monotributistas y autónomos que
desean acceder a la moratoria.

La moratoria también abarca a las entidades civiles sin
fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales,
universidades públicas y clubes de barrio. Fuentes oficiales explicaron que “la
decisión redobla los esfuerzos del Estado para hacer frente al impacto
económico de la pandemia del coronavirus sobre el entramado productivo”.

 

 

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