Precisiones de la AFIP sobre el fin de la factura manual

Los funcionarios se reunieron en una mesa de diálogo, del Espacio Consultivo, con miembros de la FACPCE.

En la oportunidad, se trataron los siguientes
temas sobre el n
uevo
esquema de facturación:

1. Facturación
electrónica – Nuevos obligados

2. Nueva
generación de controladores fiscales

3. Escenario
del libro de IVA-Digital.

4. Simplificación
normativa

En el sitio web de la AFIP se puede descargar
el
nuevo
esquema de facturación
.

Sobre el
tema, el organismo informó lo siguiente:

1) Se publicará
una nueva RG sobre facturación y registración, la cual reemplazará algunas de las
RG vigentes. En ella se establecerá un cronograma para la adopción obligatoria de
la factura electrónica y del controlador fiscal por todos los contribuyentes (los
cuales pueden convivir). Los monotributistas categoría A a E, deberán reemplazar
la factura manual por la factura electrónica o el controlador fiscal, entre
octubre de 2018 y abril de 2019.

2) La factura
manual sólo podrá ser utilizada por los monotributistas con inclusión social y en
los casos de “contingencia” que indique la AFIP. Para las operaciones de ventas
o de prestación de servicios en el domicilio del cliente (ruteo), también se debe
abandonar la factura manual a partir de abril de 2019. En estos casos se puede
utilizar la “Facturación Móvil” (aplicación de la AFIP para el teléfono celular).

3) Las facturas
electrónicas serán sólo con CAE (Código de Autorización Electrónico). El sistema
CAEA (Código de Autorización Electrónico Anticipado) podrá ser utilizado por las
empresas ya autorizadas, y por las demás empresas sólo en caso de “contingencias”
(ante la imposibilidad de facturar con CAE).

4) El Sistema
web de la AFIP será modificado para que sea más sencillo el empadronamiento y uso
de la factura electrónica. Además, se requerirá clave fiscal con nivel de seguridad
3 para emitir facturas (actualmente se emiten con Nivel 2). También se ampliará
de 4 a 5 los dígitos del “Punto de Venta” (por requerimiento de usuarios), y se
aumentará de $ 1.000 a $ 5.000, el monto mínimo para identificar el destinatario
de las facturas electrónicas B y C (con su CUIT y domicilio).

Algunas de
estas medidas tendrán lugar el domingo 5 de agosto, por lo que ese día no funcionará
la página web de la AFIP por espacio de 2 horas aproximadamente.

5) Los controladores
fiscales con nueva tecnología prevén un archivo de las operaciones de venta, el
cual debe ser enviado a la AFIP en forma semanal, a través del servicio web “Presentación
de DDJJ”. Hay 5 controladores fiscales de nueva tecnología homologados, cuyo costo
es de $ 15.000 aproximadamente (de acuerdo a lo informado por las empresas proveedoras).

6) Se modifica
el sistema de registración de operaciones, para avanzar hacia el “IVA Digital”.
Se diseñará el registro de las facturas electrónicas emitidas con un formato similar
al actual régimen de Información de “Compras-Ventas” (el cual aún seguirá vigente),
y se preverá la “cinta testigo digital” para los controladores fiscales. Dado que
los comprobantes recibidos deben mantenerse impresos (obligación legal), se habilitará
en el servicio web “mis comprobantes”, la posibilidad de visualizar e imprimir
tanto los comprobantes emitidos, como los comprobantes recibidos.

7) Se implementará
un sistema de alertas (avisos al domicilio fiscal electrónico), ante el uso abusivo
del sistema de facturación previsto para contingencias (CAEA, o factura
manual), y también ante la detección de inconsistencias en el uso de los
controladores fiscales de nueva tecnología. La falta de respuesta o la falta de
justificación a los alertas, dará lugar a actividades de fiscalización.

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