Ganancias: se actualizan alícuotas y montos para efectuar retención

Los nuevos importes comenzarán a regir para los pagos a partir del 1 de junio próximo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) actualizó
las alícuotas y montos no sujetos a retención del Impuesto a las Ganancias.

La Resolución General 4245, publicada en el Boletín Oficial, elevó
a $ 150 el importe mínimo a retener según el artículo 29 de la Resolución
General 830. Cuando resulte un importe a retener inferior, no corresponderá
efectuar retención.

Ese importe señalado se elevará a $ 650 cuando se trate de
alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos en
el gravamen.

Ver anexo

Vigencia. Los nuevos montos se aplicarán a los pagos que se
efectúen a partir del 1 de junio de 2018, inclusive, aun cuando correspondan a
operaciones realizadas con anterioridad a dicha fecha.

 

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