Dos guías de ayuda práctica para los matriculados sobre preparación y verificación de estados contables.

Ellas son “Guía de aspectos relevantes para la elaboración de Estados Contables e Informes del Auditor”, y “Planilla de verificación sobre EECC e Informes de Auditoría”.

El CPCE, a través del Recordatorio Nº 17, pone a disposición de los matriculados dos trabajos de ayuda práctica para ellos: la “Guía de aspectos relevantes para la elaboración de Estados Contables e Informes del Auditor”- Anexo 1, y una “Planilla de verificación sobre EECC e Informes de Auditoría”- Anexo2.

Anexo 1: Esta guía es un resumen sintético de los aspectos más relevantes a tener en cuenta al momento de confeccionar y elaborar Estados Contables y del correspondiente informe del auditor, la misma está confeccionada en base a las normas de contabilidad y de auditoría vigente, las resoluciones internas del Consejo, y fundamentalmente a la experiencia de años sobre los errores más frecuentes y repetitivos que se cometen en este tipo de trabajo profesional.

Anexo 2: se adjunta  también una “Planilla de Verificación para EECC e Informes de Auditoría” para que el profesional puede utilizarla a modo de “Check List” en cada balance que prepare y previo a la firma o puesta a consideración de las autoridades del ente, y a la presentación para su legalización ante el Consejo, que le garantice al mismo realizar los controles básicos necesarios a fin de lograr una óptima presentación de los EECC de acuerdo a normas técnicas vigentes, tendiente a la disminución y/o eliminación de errores simples y frecuentes.

Cabe aclarar que ninguno de los dos trabajos  constituyen la totalidad de las cuestiones a tener en cuenta, ni los conocimientos y la capacitación necesaria en normas técnica vigentes que todo profesional debe procurarse poseer, ni reemplazan el criterio profesional que debe primar en el ejercicio profesional; sólo pretenden ser una ayuda práctica que complemente los conocimientos y criterio profesional.

Ambos  son listados de aspectos básicos meramente enunciativos y no taxativos, y deben entenderse como de mínima, a los que podrían agregase otras cuestiones relevantes dependiendo el caso particular o especial que se trate.

Los dos están actualizados a la fecha y podrán ser modificados sin previo aviso, a los fines de mantenerlos actualizados normativamente.

 
 
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