El Gobierno nacional oficializó el anuncio realizado semanas
atrás de eximir al aumento de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (Mipymes) del pago de retenciones.
A través del Decreto
280/2019, publicado en el Boletín Oficial, se estableció que, desde el 7 de
mayo hasta el 31 de diciembre de 2020 se desgravará del derecho de exportación
fijado por el Decreto 793/18 y modificatorio, a las exportaciones de las Mipymes
que excedan, en valor FOB, a las realizadas por cada empresa en el año
calendario inmediato anterior.
El requisito es que las firmas estén inscriptas en el
Registro de Empresas Mipyme, y que hayan realizado exportaciones en el año
calendario inmediato anterior que no excedan los U$S 50.000.000.