Derecho sobre exportaciones: se oficializó la exención de las Pyme

Es para los montos vendidos al exterior que superen al del año anterior.

El Gobierno nacional oficializó el anuncio realizado semanas
atrás de eximir al aumento de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (Mipymes) del pago de retenciones.

A través del Decreto
280/2019
, publicado en el Boletín Oficial, se estableció que, desde el 7 de
mayo hasta el 31 de diciembre de 2020 se desgravará del derecho de exportación
fijado por el Decreto 793/18 y modificatorio, a las exportaciones de las Mipymes
que excedan, en valor FOB, a las realizadas por cada empresa en el año
calendario inmediato anterior.

El requisito es que las firmas estén inscriptas en el
Registro de Empresas Mipyme, y que hayan realizado exportaciones en el año
calendario inmediato anterior que no excedan los U$S 50.000.000.

 

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