Bienes Personales: más plazo para repatriar capitales

La fecha original se extendió hasta el 30 de abril de 2020.

El Gobierno nacional decidió extender hasta el próximo 30 de
abril el plazo para que las personas humanas con bienes en el exterior ingresen
el 5% de su patrimonio con el fin de no pagar la alícuota agravada del Impuesto
sobre los Bienes Personales.

Mediante el Decreto
330/2020
, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se modificó el
plazo original del 31 de marzo, en el marco de la emergencia.

Asimismo se agregó que el beneficio del no pago de la
alícuota incrementada para los bienes del exterior “resultará procedente cuando
los fondos y los resultados, derivados de las inversiones mencionadas en el
segundo párrafo -obtenidos antes del 31 de diciembre, inclusive, del año
calendario en que se hubiera verificado la repatriación- se afectaran a
cualquiera de los destinos mencionados en este y en las condiciones allí
establecidas, incluso, de manera indistinta y sucesiva a cualquiera de ellos”.

Por otra parte, a través de la Resolución General 4691/2020, publicada este jueves 2 de abril, la AFIP prorrogó hasta el 6 de mayo el plazo máximo para
realizar el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los Bienes Personales para
las personas humanas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo
correspondiente a 2019.

La decisión adecúa la normativa del organismo al nuevo plazo
para la repatriación de activos financieros situados en el exterior previstos
en el Decreto 330/2020.

 

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