Luego de que el Ministerio de Economía incrementara los intereses punitorios y resarcitorios de manera general, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó las tasas de interés de financiación para Mipymes del régimen de facilidades de pago de carácter permanente.
A través de la Resolución General 5481, se dispone que, a partir del 1 de febrero será un 50%, 60% o 100% de la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan de pago, de la siguiente manera:
- Pequeños contribuyentes, Micro y pequeñas empresas, Entidades sin fines de lucro. La tasa será igual al 50% de la tasa de interés resarcitorio. Al valor actual equivale al 7,63% mensual.
- Medianas Empresas. Tasa equivalente al 60% de la tasa de interés resarcitorio. En la actualidad, 9,16% mensual.
- Resto de los contribuyentes. El 100% de la tasa de interés resarcitorio. Actual: 15,27% mensual.