Desde febrero, nuevos valores de referencia de los honorarios de profesionales de Ciencias Económicas

El CPCE actualizó los montos del módulo y los aranceles de ley, que regirán desde el 1 de febrero de 2024.
honorarios_profesionales_cpcecba.org.ar

La Mesa Directiva del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de Córdoba publicó los valores de nuevos honorarios indicativos para los servicios profesionales que rigen a partir del 1 de febrero de 2024.

El valor del módulo toma como referencia la variación del índice de Precios al Consumidor de Córdoba, que varió un 24,19% desde la anterior actualización del módulo en diciembre.

Así, la Disposición 03/24 resolvió fijar el valor módulo de la Resolución 71/08 Anexo I, en $ 18.457 y para el apartado “C. AREA CONTABLE -1. Materia Contable y Auditoría”, en $ 17.949.

La disposición tiene vigencia a partir del 1 de febrero de 2024.

La norma confirma que, debido a la situación económica y la aceleración de la tasa de inflación, la Mesa Directiva entiende que es propicio disponer el ajuste del valor del módulo en forma mensual.

Por otra parte, el CPCE también publicó las escalas y los montos fijos de honorarios previstos en la Ley 7626, teniendo en cuenta la última modificación (Res. 93/23), y según lo dispuesto por los Arts. 6º y 108º de la mencionada ley.

Los honorarios se aplican a la actividad de los profesionales en materia tributaria, laboral y previsional, actuarial, societaria, informática o procesamiento de datos, contable, económica y de administración.

Finalmente, se exponen los valores vigentes a partir de febrero de 2024 para los siguientes conceptos:

– Certificación de firma $ 10.000
– Certificación de firma copia $ 2.500
– Copia de dictamen mínimas $ 10.000
– Copia de dictamen adicionales $ 2.500
– Hojas de seguridad para legalizaciones (ambos colores) $ 370
– Digitalización $ 4.600
– Manifestación Bienes Personales de Act + Pas hasta $ 1.894.500 $ 18.300
-Tasa CEMANCE $ 5.600

Informes sobre Carpetas de Crédito según Resol. Nº 30/20:

Se recuerda que por aplicación de RG AFIP 4157-E las operaciones en caja del Consejo no pueden realizarse en efectivo por montos iguales o superiores a $10.000, siendo válidos los otros medios utilizados habitualmente (depósito, tarjetas de débito/crédito, cheque, inserción en cuenta corriente profesional)

Ver Dis03-24 Actualización hon. Indicativos desde febrero 2024- web

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