Aduana simplifica los requisitos de los manifiestos

Es para la documentación de los medios de transporte que arriban por vía acuática.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó
el Módulo de Información Anticipada del Manifiesto General de Carga a través
del Sistema Informático Malvina (SIM) para optimizar los controles aduaneros
basados en el análisis de riesgo respecto de los medios de transporte que
arriban al territorio nacional por la vía acuática y de las mercaderías
transportadas.

Transmisión de
información

Según la Resolución
General 4278
, el Agente de Transporte Aduanero del transportista (ATA MT) a
quien pertenece el medio de transporte o que tenga derecho a hacer uso del
mismo y los Agentes de Transporte de los transportistas, con los cuales su
representado realizó convenios bajo la modalidad de bodega compartida (ATA
CBC), deberán transmitir la información requerida por el “Módulo Información Anticipada del Manifiesto General de Carga (MGC)-Vía
Marítima
” del SIM.

La transmisión de la información de la mercadería y los
consignatarios que se embarquen en el medio de transporte con destino a la
Argentina deberán realizarla luego de su puesta a bordo y en forma inmediata a
la partida de cada puerto extranjero en el cual ha sido cargada.

El cierre de la información anticipada se cumple cuando en
forma inmediata a la partida del medio de transporte del último puerto
extranjero con destino a la Argentina, los ATA envían la información anticipada
de la mercadería que no se descargará en el territorio nacional.

Los ATA responsables de las cargas que arriben en condición
de consolidadas (ATA Desconsolidadores), deberán transmitir la información
correspondiente a los documentos de transporte hijos/nietos a partir de la
puesta a bordo de la mercadería y en forma inmediata a la transmisión de la
información del documento de transporte madre, luego de la partida del medio de
transporte, con destino a la Argentina, de cada puerto extranjero.

Guías y normativa

Para más información se pueden consultar los siguientes
anexos:

Anexo
I – Información anticipada – Datos a transmitir por el ATA “MT”

Anexo
II – Información anticipada – Datos a transmitir por el ATA “CBC”

Anexo
III – Información anticipada – Datos a transmitir por el ATA DESCONSOLIDADOR

Anexo
IV – Cronograma de implementación

Otras disposiciones

Para las mercaderías que arriben en condición de granel u
otras que por cuestiones logísticas requieran tal tratamiento, podrá realizarse
la oficialización de la destinación directo a plaza correspondiente con
anterioridad al arribo del medio de transporte.

Para mayor información se puede consultar la normativa y
el Micrositio
Módulo de información anticipada del manifiesto general de carga – vía marítima
.

Vigencia

La presente normativa entró en vigencia el 19 de julio de
2018. La implementación de sus disposiciones se efectuará conforme al
cronograma previsto en el Anexo IV.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X

Noticias relacionadas