Empleados de Comercio: así es el acuerdo complementario 2021

Habrá una suma extraordinaria en agosto y un incremento no remunerativo desde noviembre.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la
Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades
Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de
Comercio y Servicios (FAECYS) suscribieron el acuerdo complementario al
celebrado en abril pasado para la paritaria 2021 
de la actividad
mercantil (CCT 130/75). 

Se acordó una gratificación extraordinaria por única vez,
no remunerativa
(Art. 6 Ley 24.241) y de naturaleza excepcional de $ 4.000,
que se abonará durante la segunda quincena del mes de agosto de 2021.

Además, se fijó un incremento salarial de 9% sobre las
escalas de las remuneraciones básicas
del CCT 130/75, que tendrá como base
de cálculo los valores de mayo de 2021. 

Este aumento se abonará como asignación no remunerativa(Art. 6 Ley 24.241) a partir de noviembre de 2021 y mantendrá ese carácter
hasta enero de 2022, cuando se incorporará a los nuevos básicos de convenio por
su valor nominal.

La CAC aclaró que el incremento acordado no tiene impacto
sobre los adicionales
del CCT 130/75 mientras mantenga su condición de no
remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación,
a saber: presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer y
ayudante de chofer. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual
complementario (SAC).

Lo pactado tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2022. Las
partes mantienen el compromiso de reunirse en enero para analizar las
variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.  

Simultáneamente, se acordó la prórroga en idénticos
términos y condiciones, para los meses de julio a diciembre de 2021,
ambos
inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el
sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica (Resol.515/20
MT y Cctes.)

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