Se promulgó la ley que modifica Ganancias y Bienes Personales

Se refiere a exenciones de instrumentos financieros en moneda nacional.

El Poder Ejecutivo promulgó la ley
27.638
, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que modifica las
leyes del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Los cambios aprobados por el Congreso se refieren a la
inclusión de exenciones sobre activos financieros que estaban gravados anteriormente.
Se aplicará a partir del período fiscal 2021.

En el caso de Ganancias, la norma eliminó el párrafo que
dejaba a los instrumentos con cláusula de ajuste fuera de la exención a la
renta de los activos en moneda nacional. De esta manera, todos los nominados en
pesos quedarán exentos de pagar el llamado impuesto a la renta financiera, si
cumplen algunas condiciones.

Así, el segundo párrafo del inciso h) del artículo 26 de la
Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, se puntualiza que la
exención “también comprende a los intereses o la denominación que tuviere el rendimiento
producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda
nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder
Ejecutivo nacional,
siempre que así lo disponga la norma que los regule, y
en la medida en que no resulten comprendidos en el párrafo anterior”.

Bienes Personales

En este caso, se modifica el título VI de la ley 23.966 y se
incorporan 3 incisos al art. 21 para eximir de la base de cálculo del tributo a: las tenencias de obligaciones
negociables emitidas en moneda nacional; los instrumentos emitidos en moneda
nacional destinados a fomentar la inversión productiva; las cuotapartes de
fondos comunes de inversión y los certificados de participación y valores
representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen
sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de
Valores.

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