Empleadores: modifican trámites para informar cambios a la AFIP

El organismo adecuó la forma de realizar altas, bajas, modificaciones y anulaciones de registro.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adecuó
el procedimiento para que los empleadores informen las novedades mediante el
sistema informático “Simplificación Registral”.

La Resolución General 4355/2018, publicada en el Boletín
Oficial, dispuso que, para formalizar las comunicaciones de altas o bajas,
modificaciones de datos o de anulaciones en el registro, el empleador deberá efectuar
una transferencia electrónica de datos vía internet.

Una vez finalizada y aceptada la transacción, el sistema
emitirá un acuse de recibo por duplicado con un número de registro del trámite.

Para completar el trámite de alta en el registro, el
empleador tiene hasta el quinto día hábil administrativo inmediato siguiente,
inclusive, al de la fecha de comienzo efectivo de las tareas por parte del
trabajador. Una vez transcurrido ese plazo, el trámite queda sin efecto.

En caso de inoperatividad del sistema, excepcionalmente, el
empleador podrá presentar, en la dependencia de AFIP en la que está inscripto,
el formulario de declaración jurada F. 885/A por duplicado, que será recibido y sellado
por el organismo como constancia de trámite realizado.

Para mayor información, ingresar al Micrositio
Simplificación Registral.

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