La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
habilitó la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Los
contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones
tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021.
El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y
sanciones.
La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para
obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de
pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorpora beneficios para
contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar
el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
¿Quiénes pueden solicitar este beneficio?
La condonación de deudas la pueden solicitar entidades y
organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de
trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También
abarca deudas inferiores a $ 100.000 de monotributistas y otros pequeños
contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuenten con el Certificado Mipyme.
Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el
2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del
servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave
fiscal nivel de seguridad 3.
¿Qué requisitos se deben cumplir para pedir la
condonación de deudas?
Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar
con:
· Inscripción en los respectivos registros para
las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de
barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento
rural.
· Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar
un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias.
· “Certificado MiPyME” para las micro y pequeñas
empresas.
· Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y
confirmado.
· Declaraciones juradas presentadas desde enero de
2016.
· Tener actualizado el código de la actividad
desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)”
· Los pequeños contribuyentes deben registrar
inscripción en los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales o en el régimen
de Monotributo.