Ya está en funcionamiento la factura de crédito electrónica

Es para MiPymes que vendan a grandes empresas. El primer sector será el autopartista.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso
en marcha la factura de crédito electrónica. Por este régimen, las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes) estarán obligadas a emitir comprobantes
originales (factura o recibo) a grandes empresas, pero se irán incorporando en
forma gradual.

Según la Resolución 5/2019 del Ministerio de la Producción, desde el
12 de marzo al 30 de abril de 2019, inclusive, el régimen sólo será aplicable
para quienes desarrollen como actividad principal la “Fabricación de partes,
piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores” (CLAE 293090) en operaciones que deban emitir comprobantes
originales (factura o recibo) a Grandes Empresas (ver listado) que desarrollen como
actividad principal la fabricación de vehículos, de piezas o ventas de
vehículos: 291000; 292000; 293090; 451110; 451190; 453110 o 454010, por un
monto total igual o superior a $ 9.000.000 por comprobante, sin considerar
los ajustes posteriores por notas de crédito o débito.

Por otra parte, de manera excepcional y por el término de un
año, contado desde la fecha que para cada caso figura en el cronograma de implementación, el sistema resultará
aplicable para las facturas emitidas por un monto total igual o superior a $ 50.000
por comprobante, sin considerar los ajustes posteriores por notas de crédito o
débito.

Además, por el término de un año contado desde el 12 de
marzo de 2019, el plazo para realizar el rechazo de la factura de crédito
electrónica MiPymes y su inscripción en el registro de facturas de crédito
electrónicas detallada en el último párrafo del Artículo 8º de la Ley
de Financiamiento Productivo
 será de 30 días corridos.

Para mayor información, ver www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica.

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