Vencen los pagos mensuales de IVA y Monotributo

Esta semana también se deben ingresar obligaciones de Ingresos Brutos y Comercio e Industria.

Impuesto a las
Ganancias.
Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos
y otros, con CUIT terminados en 7, 8 y 9, tienen hasta el lunes 18 para
ingresar el saldo correspondiente a ejercicios con cierre en Septiembre de 2018.

Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
Entre el lunes 18 y el viernes 22, operan los vencimientos,
según número de CUIT para la presentación del formulario de declaración jurada
y el respectivo disquete e ingreso del saldo resultante, correspondiente al
período enero de 2019.

Monotributo. El miércoles 20, vence el ingreso del impuesto y, de corresponder, las
cotizaciones personales fijas de la obligación mensual de febrero de 2019. En Córdoba, incluye la
obligación de Ingresos Brutos y, según la localidad, el pago de la tasa
municipal.

Cabe recordar que, desde el 1 de febrero, los contribuyentes
del Régimen Simplificado, de la categoría “C” están obligados a emitir
comprobantes electrónicos. El 1 de marzo, se suman los “B” y el 1 de abril los
de la “A”.

Ver la Agenda de Vencimientos Tributarios de febrero de 2019.

En Córdoba

Ingresos Brutos. El
18 y el 19, según número de CUIT, vence el ingreso mensual del impuesto para
los contribuyentes del Régimen General de la Dirección General de Rentas. Aquellos
que tributan bajo el Convenio Multilateral tienen un cronograma que continúa
hasta el jueves 20.

El 20 de febrero, es el vencimiento del Monotributo Unificado
Córdoba, para los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado.

Inmobiliario Urbano.El lunes 18 es el vencimiento del pago único anual o la primera cuota mensual
de la Dirección General de Rentas, luego de la prórroga que dio la Provincia.

Comercio e Industria.Los contribuyentes del Régimen Simplificado de la Municipalidad de Córdoba
deben ingresar el pago del período enero de 2019 hasta el lunes 18.

Para los medianos contribuyentes (Tipo 2), el jueves 21
vence la presentación de la declaración jurada correspondiente a enero de 2019.

En tanto, los grandes contribuyentes (tipo 3) y
contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) tienen que abonar el período Enero de
2019, hasta el viernes 22.  

Ver la Agenda de Vencimientos Tributarios de febrero de 2019.

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