Vencen las obligaciones del IVA y el Monotributo

Comienzan los vencimientos de Precios de Transferencia. Continúan los pagos de Ingresos Brutos de este mes.

Impuesto a las Ganancias- Precios de Transferencia. Sociedades,
empresas, explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros que cierran
ejercicio en octubre deben presentar el Informe Maestro para los ejercicios
concluidos en octubre de 2019, con vencimiento a partir del 23 dde octubre,
según número de CUIT.

Impuesto al Valor Agregado (IVA). Entre el lunes 19 y
el viernes 23, según número de CUIT, los responsables deben presentar el
formulario de declaración jurada e ingresar el saldo resultante del período  septiembre de 2020.

Monotributo Unificado. El martes 20 es el vencimiento
de los aportes del régimen simplificado correspondientes al período octubre de
2020. En  Córdoba incluye el pago a la
AFIP, a Rentas y a la Municipalidad de Córdoba.

Ver Agenda de
Vencimientos de Octubre de 2020
.

Créditos a tasa subsidiada. Hasta el lunes 19, los
empleadores que hayan registrado un incremento de su facturación interanual de
hasta el 40% podrán solicitar a la AFIP un crédito a tasa del 15% para abonar
los salarios de septiembre de 2020. Ver Abre
la inscripción para los créditos a tasa subsidiada
.

Créditos a tasa cero. Se extendió hasta el 31 de
octubre, el plazo para que monotributistas y autónomos soliciten préstamo de hasta
$ 150.000 a devolver en 12 cuotas sin interés con seis meses de gracia. En el
caso de quienes están en el sector de Cultura, el beneficio se puede pedir
hasta el 31 de diciembre de 2020.

En Córdoba

Ingreso Brutos. Los contribuyentes del régimen general
de la Dirección General de Rentas de la Provincia, deben cumplir con sus
obligaciones con vencimiento hasta el lunes 19. En tanto, quienes tributan por
el Convenio Multilateral tienen vencimientos hasta el martes 20.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba deben abonar el período septiembre 2020 hasta el jueves 22 de octubre.

En tanto, los medianos contribuyentes (tipo 2) deben presentar,
hasta el mismo día, la declaración jurada del período septiembre de 2020.

Pago con TIPA. Las obligaciones impagas con la
Dirección General de Rentas de la Provincia, anteriores al 29 de febrero de
2020, se pueden abonar con los nuevos Título de Pago de Acreencias (TIPA) -cuya
denominación bursátil es CO23-. A partir del 22 de septiembre y, hasta el 21 de
diciembre de 2020, se obtiene un 60% de descuento en intereses, multas y
honorarios. 

Ver “Cómo
regularizar las deudas con descuento en los recargos
”.

 

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