Vencen las obligaciones anuales de personas humanas

Se trata de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular. Los empleadores también deben cumplir con los aportes a la seguridad social.

Personas Humanas y sucesiones indivisas. Luego de las
prórrogas, a partir del lunes 10 de agosto y hasta el miércoles 12, según
número de CUIT, operan los vencimientos para la presentación de la declaración
jurada determinativa del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas y el
Impuesto sobre los Bienes Personales del año fiscal 2019.

En tanto, el ingreso del saldo resultante operará al día
hábil siguiente.

En el caso del Impuesto Cedular (renta financiera y enajenación
de inmuebles) los vencimientos tanto para la transferencia electrónica de datos
como para el pago del saldo operan entre el martes 11 y el jueves 13.

Por otra parte, el jueves 13 comienzan los vencimientos del 1°
anticipo del año 2020 para Ganancias Personas Humanas y Bienes Personales.

Impuesto a las Ganancias Sociedades. A partir del 13
de agosto, según número de CUIT, vence la presentación de la declaración jurada
y el pago del saldo resultante al día hábil siguiente, de las empresas con
ejercicios cerrados en marzo de 2020.

Precios de Transferencia. Entre el lunes 10 y el
viernes 14, sociedades, empresas o
explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros, deben cumplir con el régimen
de información y presentar el Informe Maestro de los ejercicios fiscales
cerrados entre 1 de diciembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019, del año 2020.

Empleadores. A partir del lunes 10 de agosto, según número de
CUIT, deben cumplir con la presentación del formulario de declaración jurada e
ingreso de aportes y contribuciones de la Seguridad Social y Obras Sociales,
por el período devengado en julio de 2020.

La AFIP estableció modalidades y requisitos para quienes
puedan obtener los beneficios del programa ATP (reducción o prórroga de las contribuciones
al SIPA).

Ver Agenda de
Vencimientos de Agosto de 2020
.

Créditos a tasa cero. Los monotributistas y autónomos
podrán solicitar hasta el próximo 30 de septiembre el préstamo de hasta $
150.000 a devolver en 12 cuotas sin interés con seis meses de gracia, según la
recomendación del Comité de seguimiento del ATP. 

Moratoria. El vencimiento para adherir al plan de
pagos hasta en 120 cuotas para Mipymes por deudas vencidas hasta el 30 de
noviembre de 2019, se extendió hasta el 31 de agosto. Mientras, el Congreso
está discutiendo un proyecto para ampliar y extender el régimen de regularización.

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