Vence la presentación de Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera

También hay vencimientos de IVA, Ingresos Brutos y Comercio e Industria.

Ganancias y Bienes Personales.Las personas físicas y sucesiones indivisas deben presentar la declaración
jurada anual correspondiente al año fiscal 2018, cuyo pago había vencido en
junio, hasta el martes 16 de julio, a través del servicio web “Ganancias Personas Humanas –
Portal Integrado”.

También deben cumplir con la presentación del
Impuesto sobre la Ganancia Mínima Presunta.

Las sociedades con cierre de ejercicio en diciembre,
también deben presentar la DDJJ anual hasta el 16.

Por su parte, las sociedades que cierran su ejercicio
en febrero de 2019 tienen que realizar la presentación anual entre el 15 y el
17 de julio, según número de CUIT, e ingresar el saldo resultante al día hábil
siguiente.

Renta Financiera. Las personas físicas y sucesiones indivisas
tienen que presentar la declaración jurada por del Impuesto cedular por el rendimientos
producto de la colocación de capital, enajenación de valores, y enajenación y
transferencia de derechos sobre inmuebles, hasta el viernes 19.

Impuesto al Valor Agregado (IVA). El jueves 18, según
número de CUIT, comienza el cronograma de vencimiento para la presentación del
formulario de declaración jurada e ingreso del saldo resultante,
correspondiente al período Junio 2019.

Ver Agenda de
vencimientos de Julio de 2019
.

En Córdoba

Ingresos Brutos. Los contribuyentes del Régimen General de la
Dirección General de Rentas de la Provincia tienen que ingresar sus
obligaciones entre el martes 16 y el miércoles 17 de julio.

En tanto, quienes
tributan bajo el Convenio Multilateral tienen vencimientos entre el lunes 15 y
el jueves 18.

Cabe recordar que el
1 de junio comenzó a regir el cambio de los regímenes de retención y percepción
del impuesto, con la publicación del nuevo Listado Único de Agentes (LUA), que
se actualiza una vez al mes.

Ver “Ingresos
Brutos: Córdoba simplificará el régimen de retención y percepción
”.

Comercio e Industria. Los grandes contribuyentes
(tipo 3) y contribuyentes de interés fiscal (tipo 4) de la Municipalidad de
Córdoba tienen que cumplir con la presentación de la declaración jurada de
junio de 2019 hasta el lunes 15.

Por su parte, los pequeños contribuyentes del Régimen
Simplificado deben abonar la obligación por el período junio de 2019 hasta el
jueves 18.

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