Se habilita la presentación y el procesamiento de todo tipo de trámites en gral. (Legalización de informes sobre EECC y de certificaciones e informes varios) utilizando firmas digitales otorgadas en el marco de la Ley N° 25.506 de Firma Digital de la República Argentina.
La gestión se realiza por intermedio de la plataforma de “Presentación Web de Trámites” de la sección de Autogestión de nuestra página web, de idéntica manera que los trámites que se reciben actualmente a través de dicha plataforma en cuanto a su procedimiento y a los requisitos de emisión y pago de la boleta de depósito respectiva.
La utilización de esta modalidad es OPTATIVA, alternativa y complementaria de la modalidad de presentación que se haya utilizado originalmente, esto significa que si inició la presentación de su trámite con firma digital, siempre tendrá la posibilidad de obtener posteriormente copias legalizadas del informe en forma física con firmas ológrafas, y viceversa, si legalizó originalmente en forma física, podrá obtener la copia con firma digital cuando se desee. Para ello, el concepto abonado como “Legalizaciones” en las boletas de depósitos incluye, a partir de ahora, las cantidades mínimas obligatorias o las mayores que indique de copias físicas con firmas ológrafas según el tipo de trámite que se trate, más la copia con firma digital siempre!!!
Para la utilización de este sistema de presentación se admite cualquier firma digital que los colegas y sus comitentes hayan obtenido en el marco de la estructura de firma digital de la República Argentina, regulada por la Ley N° 25.506 y modif., otorgadas por cualquier Autoridad Certificante habilitada, y en todas las modalidades disponibles (con Token o Remotas). Tener presente que hay organismos públicos y de contralor (Afip, CNV, IGJ, Secretaría de Trabajo pcial., etc.) que solo admiten firmas digitales otorgadas por determinadas Autoridades Certificantes, antes de decidir cual firma digital solicitar!!.
A diferencia de los trámites que ya se presentan por la plataforma de presentación web y que se concluyen actualmente con la legalización de las copias físicas, el requerimiento específico en esta oportunidad, es que los archivos pdf a subir deben previamente ser firmados digitalmente. El archivo del informe o certificación (según el trámite que se trate) con la firma digital del contador actuante, y el archivo de los EECC (o de la información que sea objeto del trabajo profesional) con firma digital del contador, a los fines de asociarlo a su informe, y la firma digital del o los representante del ente comitente como titulares de la información. Esto último es optativo, y NO configura un impedimento para la presentación del trámite.
Una vez presentado el trámite, el Consejo previo a dar ingreso al mismo, verificará los archivos pdf presentados y las condiciones en las que han sido subidos, validará las firmas digitales insertas contra los certificados de confianza emitidos por las autoridades respectivas para determinar la identidad del firmante, la autoría e integridad de los documentos, y según resulten estos controles previos se admitirá o no dicho trámite.
Una vez validadas y comprobadas las firmas digitales, se ingresará y procesará el trámite como se hace en la actualidad, eventualmente se informará de alguna observación, la que deberá corregirse y volver a subirse, y una vez aprobado el trámite formal y técnicamente, se generará la “legalización digital”, que consiste en la creación de un archivo pdf denominado “contenedor”, incluyendo en él todos los datos del trámite en cuestión, se le adjuntarán los archivos aprobados que forman parte del mismo (pdf del informe y de los EECC en su caso), insertándole finalmente una oblea digital correspondiente y la firma digital de un Secretario Técnico habilitado.
Si el archivo de los EECC, o la información objeto del trabajo profesional, se sube con la o las firmas digitales del comitente insertas, hay que indicarlo tildando la casilla respectiva al momento de la presentación, para que dicho documento se adjunte a la legalización digital. Por el contrario, si no se incluyeran previamente las firmas digitales del comitente en el archivo de los EECC, éste NO se adjuntará al archivo de la legalización digital, para lo cual se deberá prever el medio o la forma de proveer los EECC, o la información que sea objeto de la legalización, con las firmas digitales u ológrafas del comitente por separado.
Ver imagen del archivo de la legalización digital completa y de los archivos adjuntos en el mismo al final del documento!!
Una vez finalizado el trámite ya legalizado digitalmente, será puesto a disposición para su descarga a través de la misma plataforma de presentación web.
Es importante tener presente que la validez y seguridad de la legalización con firma digital, como de cualquier documento firmado digitalmente, es que la misma circule proveyéndose el archivo digital y NO una impresión en papel, ya que la seguridad de dicho documento está garantizada en la medida que se disponga del archivo y puedan verificarse en él la inalterabilidad del mismo como la validez de las firmas digitales insertas.
Para conocer más sobre firma digital, como obtenerla y verificar su validez puede ingresar a este enlace.
Ante cualquier duda o inquietud sobre este procedimiento de presentación de trámites, diríjase a la Secretaria Técnica por cualquiera de los canales habilitados.
Visualización de los Archivos adjuntos a la legalización digital. Le recomendamos descargar la legalización a su pc y utilizar Adobe Reader DC para su correcta vizualización.