Suspensión de la RG 4838 de la AFIP alcanza solo a matriculados del CPCE

La resolución de la Justicia Federal es clara; la suspensión es por seis meses.

El CPCE aclara que la medida cautelar otorgada por el Juzgado Federal 1 de Córdoba el 15 de marzo pasado por la cual se suspendió por seis meses de la aplicación de la Resolución Gral de Afip Nº 4838, sólo involucra a los profesionales matriculados en esta institución. En tanto los contribuyentes alcanzados continúan con la obligación dispuesta en la Resolución mencionada.

La resolución judicial es clara en su texto: Hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por el Lic. en Econ. José Ignacio Simonella, en su carácter de Presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba y, en consecuencia disponer la suspensión de la aplicación de la Resolución General (AFIP) N° 4838 (B.O. 20/10/2020) a los profesionales que dicho organismo representa, por un plazo de 6 meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 26.854 (Medidas Cautelares contra el Estado).  

 

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