Se reciben inscripciones para enajenadores

Es hasta el 31 de este mes en el CPCE.

Hasta el 31 de este mes están abiertas las inscripciones para integrar las listas de enajenadores (Acuerdo
Reglamentario N° 125 Serie “B” de fecha 14/10/2014) en todas las
circunscripciones de la provincia de Córdoba.

Las inscripciones son hasta el 31 en la sede de este Consejo Profesional y en cualquiera
de sus Delegaciones. Se deberá abonar $200 en concepto de Tasa de Justicia. Quien
ya se haya inscripto, desde la vigencia del mencionado reglamento, no será
necesario que se reinscriba, salvo que hubiere mediado renuncia o exclusión por
sanción.

Los requisitos son:

1) Dos años de antigüedad en matrícula (independientemente de si es en relación de dependencia o “plena”). Para actuar como Perito en la Justicia
Provincial, es necesario estar registrado con Matricula Plena.

2) Certificado
original de buena conducta (antecedentes): expedido por la policía de la provincia
de Córdoba (jefatura). máximo 30 días de antigüedad.-

3) Fotocopia de DNI.: primera y segunda hoja y cambio
de domicilio si hubiere. (exhibir original).-

4) Fotocopia autenticada: del título profesional (con
no menos de dos años de antigüedad en el mismo) y del título en la especialidad
si la tuviere, certificada por la institución que emite el titulo o por
escribano publico.-

5) Certificados originales de matriculas: profesional
y en la especialidad (si la tuviere) y sobre habilitaciones, vigencias y sanciones,
expedidos por el consejo o colegio profesional respectivo,  actualizado a la fecha de presentación de la
solicitud.-

6) Constancia original emitida por el colegio o
consejo profesional sobre los antecedentes académicos acompañados en esta
institución y sobre las capacitaciones profesionales aprobadas, si las
hubiere.-

7) Declaración jurada sobre si trabajó o trabaja en
relación de dependencia en: administración pública nacional, provincial o
municipal, poder legislativo o judicial, en empresas públicas o privadas, con
mención de los cargos y fechas de los mismos.-

8) Solicitud: formulario pre-impreso que se completará
por el interesado y deberá ser firmado personalmente al momento de su
presentación. La constitución del domicilio a los efectos legales, deberá ser
dentro de un radio de 50 (cincuenta) cuadras del palacio de justicia (Cba.
capital) y deberán en el caso de inscribirse en sedes del interior fijar
domicilio en cada una de ellas, dentro del radio que cada delegación
establezca.-

9) Tasa de justicia: valor $ 200,00 (pesos doscientos)
para el año 2020. Bajar boleta de pago de la página del poder judicial (www.justiciacordoba.gov.ar).-

10) Constancia original emitida por el “registro de
deudores alimentarios” de no encontrarse incorporado al mismo.-

11) Constancia original certificada por autoridad de la
entidad, de libre deuda en la caja previsional, en su caso.-

12)Detalle (como declaración jurada) de los bienes
muebles e inmuebles registrables que tuviere o la mención de no poseer.-

13) Comprobante impreso de su inscripción ante la AFIP
(con categorización).-

14) Constancia emitida por la compañía de seguros
contratada sobre la adquisición del seguro de caución que se exige y, su tiempo
de validez dependerá de la fecha de inscripción como perito, ya que su valor
varía en el mes de enero de cada año (monto equivalente a 100 jus).- dicha
constancia deberá acompañarse a la documental adjuntada cuando sea exigida por
esta área, una vez aceptada por dictamen y, previo a su inscripción definitiva,
mediante acuerdo dictado por el TSJ.-  

15) Constancia
impresa de nº de CUIL o CUIT.-

Toda la
documentación referida en los puntos precedentes deberá presentarse en el
momento de la suscripción de la solicitud respectiva en forma completa y tal
cual lo requerido.

 

 

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