Se publicó y entró en vigencia la ampliación de la moratoria

La ley fue aprobada por el Congreso y la titular de la Afip dijo que sería reglamentada la semana próxima.

El Gobierno nacional promulgó hoy la modificación a la Ley
de Solidaridad Productiva, que extiende el régimen de la moratoria establecido
en diciembre. De esta manera, la entrada en vigencia de la nueva norma se
fija para el 26 de agosto de 2020
, con los efectos correspondientes.

La iniciativa se publicó en el Boletín Oficial, como la Ley
27.562
, y se refiere a la “ampliación de la moratoria
para paliar los efectos de la pandemia generada
por el COVID-19. Ley N° 27.541. Modificación”.

La nueva ley amplía a los sujetos que pueden adherir al
régimen de regularización. No sólo incluye a los MiPymes sino que puntualiza
sobre los casos de personas humanas y asociaciones, e incorpora al resto de los
contribuyentes pero con condiciones restrictivas.

Por otra parte, se pueden adherir obligaciones vencidas al
31 de julio de 2020 (en lugar del 30 de noviembre de 2019 como la norma
anterior) con lo cual se abarca a las presentaciones anuales de las sociedades que
cierran ejercicio en diciembre de 2020.

En esta ampliación, la adhesión podrá realizarse hasta el 31
de octubre de 2020 y la primera cuota del plan de pagos vencerá el 16 de
noviembre próximo.

Por otra parte, la tasa de interés del plan de pagos se
reducirá al 2% mensual por seis meses y luego se aplicará la tasa Badlar.

En el caso de las grandes empresas, los plazos de pago se
reducen

No Mipymes

Para quienes no sean personas humanas pequeños contribuyentes,
asociaciones sin fines de lucro o no sean MiPymes, se obliga a repatriar el 30%
de los activos financieros en el exterior y  se impide la distribución de dividendos, la
transferencia de dinero a firmas relacionadas fuera del país y la venta de
títulos contra dólares todo por 24 meses.

En el caso d las Mipymes, si no consiguen el certificado
antes del 31 de octubre, pueden refinanciar el plan con las condiciones de
empresas grandes.

Cumplidores

La norma también establece premios para contribuyentes que
no tengan obligaciones sin cumplir desde el 1 de enero de 2017 a la entrada en
vigencia de la ley. Los beneficios son:  el
no pago de entre 2 y 6 cuotas del componente impositivo del Monotributo; el
incremento de la deducción de Ganancias para los autónomos; y la amortización
acelerada de inversiones hasta 2021 para MiPymes.

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