Se publicó la prórroga el plazo para registrar los contratos de alquiler

Habrá tiempo hasta el 31 de mayo o el 15 de julio próximo, según el inmueble.

La Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de mayo el plazo para registrar los
contratos de alquiler de inmuebles celebrados entre el 1 de julio de 2020 y el
15 de mayo de 2021, que continúen vigentes.

Las fechas son para los contratos de
locación urbanos, rurales, temporales y para las sublocaciones y los
subarriendos,
 señala la Resolución General 4967/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial .

Los contratos que sean celebrados después
del 15 de mayo de 2021 deberán registrarse en el sitio web de la AFIP dentro de
los 15 días corridos posterior al acto. El plazo para informar estas
operaciones rige tanto para cuando se suscriba un nuevo contrato de locación o
arrendamiento como para cuando se modifique uno ya existente.

La decisión de la AFIP también extiende el
plazo para registrar los contratos de locaciones de espacios o superficies
fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como
locales comerciales o “stands”
en supermercados, hipermercados, shoppings,
centros, paseos o galerías de compras.

Dichos contratos celebrados entre el 1 de
julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, que continúen vigentes, podrán
informarse hasta el 15 de julio
.

La obligación de registrar contratos de locación
de Inmuebles fue reglamentada a principios de año y el vencimiento original era
el 15 de abril de 2021 para aquellos celebrados entre el 1 de julio de 2020 y
el 31 de marzo de 2021, aún vigentes.

 

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