La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
publicó las escalas y los mínimos no imponibles del Impuesto a los Bienes
Personales para el período 2022.
“Para la declaración jurada correspondiente al período 2022,
cuyo vencimiento es en junio de 2023, se determinaron las alícuotas según el
Índice de Precios al Consumidor (IPC)”, señaló el fisco. En esta ocasión el ajuste
que se aplica es del 88% (la variación interanual del IPC a octubre).
Llos inmuebles utilizados como vivienda estarán exentos del
impuesto cuando su valor sea inferior a $56.410.705,41. En caso de superar ese
valor, se computará para la determinación del impuesto el valor que exceda el
mínimo.
Por otro lado, quedarán exentos los bienes gravados situados
en el país cuando la suma de todos sea inferior a $11.282.141,08.
Cuando superen los $11.282.141,08, el excedente quedará
alcanzado según la siguiente escala:
Valor total de |
Pagarán $ |
Más el % |
Sobre el |
|
Más de $ |
A $ |
|||
0,00 |
5.641.070,54 |
0,00 |
0,50 |
0,00 |
5.641.070,54 |
12.222.319,51 |
28.205,35 |
0,75 |
5.641.070,54 |
12.222.319,51 |
33.846.423,25 |
77.564,72 |
1,00 |
12.222.319,51 |
33.846.423,25 |
188.035.684,71 |
293.802,76 |
1,25 |
33.846.423,25 |
188.035.684,71 |
564.107.054,14 |
2.221.171,53 |
1,50 |
188.035.684,71 |
564.107.054,14 |
En adelante |
7.862.242,07 |
1,75 |
564.107.054,14 |
Para los bienes
situados en el exterior, el valor a pagar se establecerá según la siguiente
escala:
Valor total de |
Pagarán el % |
|
Más de $ |
A $ |
|
0,00 |
5.641.070,54 |
0,70 |
5.641.070,54 |
12.222.319,51 |
1,20 |
12.222.319,51 |
33.846.423,25 |
1,80 |
33.846.423,25 |
En adelante |
2,25 |
El impuesto sobre
los bienes personales se determina en función de los bienes que se poseen al 31
de diciembre de cada año tanto las personas humanas como las sucesiones
indivisas. Los contribuyentes podrán consultar las tablas de valuaciones
en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales”.