Se publicaron los nuevos derechos de exportación para el agro y la industria

Además de la reducción temporal de la alícuota para granos y derivados, se bajó la tasa o eliminó para productos industriales y se incrementaron reintegros.

El Gobierno nacional modificó el Nomenclador común del
Mercosur para incluir los cambios anunciados la semana pasada en los derechos
de exportación que abonan los productos industriales y agropecuarios.

A través del Decreto
789/2020
, el Poder Ejecutivo redujo las alícuotas de las retenciones de
diversos productos industriales (contenidos en el Anexo I), se estableció en el
0% las retenciones para las exportaciones incrementales extra Mercosur del
sector automotriz (Anexo II) y se fijó un nivel escalonado de mayores alícuotas
de reintegros a los insumos elaborados y a los bienes finales (Anexo III).

En tanto, mediante el Decreto
790/2020
, se estableció un esquema de reducción temporaria de derechos de
exportación para productos y subproductos de la soja, que irá subiendo mes a
mes para volver al nivel inicial a partir de enero de 2021.

En el caso de los porotos de soja, la alícuota bajará del
33% al 30% en octubre, para subir a 31,5% en noviembre, 32% en diciembre y
volver al 33% desde el 1 de enero próximo.

En tanto, los derivados de la soja (aceites, harinas y
similares) volverán a tener tasas diferenciales que partirán en el 28% desde
octubre para llegar al 31% desde el primer día del año próximo. Por su parte,
los productos de mayor valor agregado tendrán alícuotas más bajas (que parten
desde el 22% al 26%, según el caso). Ver Anexo I del decreto (descargar
adjunto).

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