Mediante un decreto, durante el fin de semana, el Gobierno nacional extendió hasta el 30 de junio la
moratoria para Mipymes.
Este miércoles 1 de abril, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 4690/2020, con las precisiones
sobre la medida.
Las nuevas fechas relevantes son las siguientes:
-El plazo para adherir a la moratoria dispuesto en la Ley
N° 27.541, que vencía el 30 de abril, se extiende hasta el 30 de junio de 2020.
– La fecha del primer corte, con condiciones especiales de
pago a cuenta y cantidad de cuotas para estimular la “adhesión temprana” se
llevó al 29 de mayo (vencía el 31 de marzo).
-Se permite tramitar el Certificado MiPyME, requisito
indispensable para acceder a la moratoria, hasta el 30 de junio.
-El pago de la primera cuota no se modifica. En todos
los planes el primer vencimiento será el 16 de julio.