Se prorrogó por un mes la prohibición de despedir

La medida se extenderá hasta el 30 de junio. También están prohibidas las suspensiones.

El Gobierno nacional extendió la prohibición de despidos y
suspensiones (que vencía el 31 de mayo) hasta el 30 de junio de 2021.

A través del Decreto
345/2021
, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se prorrogó hasta
esa fecha la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las
causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor y, también, la
prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o
disminución de trabajo.

El decreto remarca que quedan exceptuadas de esta prohibición y de los límites
temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de
Trabajo las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis como
consecuencia de la emergencia sanitaria.

La norma recuerda que las prohibiciones no serán aplicables a las
contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del
Decreto 34/2019 (del 13 de diciembre de 2019) y que están exceptuados los
comprendidos en el régimen laboral de la industria de la construcción.

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