Se promulgó el Presupuesto Nacional 2023, con varias novedades tributarias

Hubo modificaciones en el ajuste por inflación y la obra social para monotributistas, se incorporó una deducción en Ganancias, se creó un nuevo régimen de exteriorización de fondos y un plan de regularización.

El Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial y promulgó
la Ley
27701 de Presupuesto 2023
, que entrará en vigencia con fecha 1 de diciembre
de 2022.

El texto contiene diversas cuestiones de tipo impositiva y
previsional. Entre las más relevantes cabe destacar:

-Un nuevo régimen de declaración voluntaria de moneda
extranjera, denominado “Incentivo a la inversión y producción argentina”. Mediante
el pago de un impuesto especial (de 5%, 10% o 20%, según la fecha) prevé que
los fondos deberán afectarse únicamente a girar divisas para el pago de
importaciones.

-Un Régimen de Regularización Tributaria para el Estado
nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios
que permita la condonación de deudas tributarias y  recursos de la seguridad social vencidas hasta
el 31 de octubre de 2022, cualquiera sea el estado en que se encuentren. No
incluye aportes y contribuciones a obras sociales ni cuotas de ART.  

-Impuestos internos a la electrónica. Se incrementa
la alícuota para los productos nacionales al 19% y al 9,5% para aquellos
fabricados en Tierra del Fuego.

– Se crea una nueva deducción del Impuesto a las
Ganancias
desde el año fiscal 2022 para los montos abonados en concepto de
servicios con fines educativos y las herramientas destinadas a esos efectos que
el contribuyente pague por quienes estén declarados como cargas de familia.
También incluye sus hijos mayores de edad y hasta 24 años que cursen estudios
regulares. Tendrá un límite del 40% de la ganancia no imponible.  

-Viajantes y movilidad. La deducción en Ganancias para las
actividades de transporte terrestre de larga distancia no podrá exceder el
importe que resulte de incrementar en cuatro veces el monto de la ganancia no
imponible.

-La obra social del Monotributo ya no será un monto único
para todas las categorías, sino que va subiendo desde la D hasta la K según la
tabla adjunta. Este cambio se aplica a partir del primer día del mes siguiente
al a publicación de la ley, es decir, rige desde enero de 2023.

Categoría

Aportes
obra social

D

$ 3.638,26

E

$ 4.452,02

F

$ 5.145,02

G

$ 5.512,52

H

$ 6.615,02

I

$ 8.190,03

J

$ 9.166,53

K

$ 10.505,29

 

-Ajuste por inflación. Se permite que los contribuyentes
que determinen un ajuste por inflación positivo en el primer y segundo
ejercicio iniciados a partir del 1º de enero de 2022, podrán imputar un tercio en
ese período fiscal y los dos tercios restantes, en partes iguales, en los dos períodos
fiscales inmediatos siguientes.

La condición es que deben realizar inversiones durante cada
uno de los dos períodos fiscales inmediatos siguientes al del cómputo del
primer tercio por un mínimo de $ 30.000.000.000.

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