Se podrán recibir dólares por las exportaciones de servicios

El BCRA implementó un régimen de excepción para la liquidación de divisas. Tiene un tope de U$S 12.000 para individuos. Las empresas también tienen máximos y deberán destinarlos a pagar remuneraciones. Hay restricciones para comprar dólar MEP o CCL.

El Gobierno nacional anunció que las personas que exportan
servicios podrán disponer de hasta 12.000 dólares anuales en cuentas en
entidades financieras locales sin requisito de liquidación en pesos.  El beneficio se extiende a las empresas del
sector, que tendrán disponibilidad de divisas para el pago salarial por un
porcentaje del incremento de las ventas externas que realicen este año respecto
de 2021.  

El régimen de excepción a la obligación de liquidación de
divisas para los cobros de exportaciones de servicios por ciertos conceptos es
retroactivo al 1 de enero, por lo que se podrá disponer hasta fin de año del
total anual, según fue dispuesto por el Directorio del Banco Central de la
República Argentina en la Comunicación A 7518.
 

Detalles

Las personas humanas podrán cobrar hasta 12.000 dólares
por año
en sus cuentas en dólares en la Argentina por los servicios
prestados a no residentes.

La condición para usar este mecanismo es que no adquiera
divisas a través del sistema financiero (concertado ventas de títulos valores
con liquidación en moneda extranjera 90 días antes de la acreditación de los
fondos y se comprometan a no realizarlo por los 90 días subsiguientes). Los
ingresos por encima de dicho monto deberán ser liquidados contra pesos al tipo
de cambio oficial. 

Las personas jurídicas podrán obtener una
“certificación de aumento de ingresos por cobros de exportaciones de servicios
en el año 2022” para ser exclusivamente destinada al pago de remuneraciones de
sus trabajadores por hasta el mínimo entre 50% del aumento de las
exportaciones de servicios en el acumulado de 2022
respecto de la totalidad
de 2021; y 20% de las remuneraciones brutas para lo que resta de
2022.  

Este mecanismo podrá ser utilizado solo en la medida en que
la firma no registre incumplimientos a la fecha en materia de ingresos y
liquidación de exportaciones de servicios, se comprometa a liquidar los fondos
que no hayan sido destinados al pago de remuneraciones, y que no hayan
concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera 90
días antes de la certificación y se comprometan a no realizarlo por los 90 días
subsiguientes. 

Sectores

Los conceptos de las exportaciones de servicios considerados
en la norma son: 

·       Mantenimiento y reparaciones 

·       Servicios de construcción  

·       Servicios de telecomunicaciones 

·       Servicios de informática 

·       Servicios de información 

·       Cargos por el uso de la propiedad
intelectual 

·       Servicios de investigación y desarrollo 

·       Servicios jurídicos, contables y
gerenciales 

·       Servicios de publicidad, investigación de
mercado y encuestas de opinión pública 

·       Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros
servicios técnicos 

·       Servicios relacionados con el comercio 

·       Otros servicios empresariales 

·       Servicios audiovisuales y conexos 

·       Otros servicios personales, culturales y
recreativos 

·       Otros servicios de salud. 

El BCRA está desarrollando un sistema online que pondrá a
disposición de las entidades financieras para controlar la utilización de este
mecanismo. 

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