Se podrá separar el monto de la propina en factura de comercios

Ese valor no estará sujeto a retenciones impositivas. Las microempresas quedan fuera de estos regímenes por todas sus operaciones.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó
cambios en la facturación de comercios y restaurantes para permitir el cobro de
la propina por medio de tarjetas de crédito y débito.

A través de la Resolución
General 4408
, publicada en el Boletín Oficial,  se habilita a que el monto destinado a la
propina se pueda discriminar en la factura y se exime este parte de las retenciones
de IVA y Ganancias que se le realizaban a los comercios.

“De este modo, se alienta a los consumidores a utilizar
medios electrónicos de pago para la propina, sin necesidad de apelar al uso de
efectivo, en sintonía con una modalidad cada vez más extendida en otros países”,
señaló el organismo.

Hasta ahora, a los comerciantes se les aplicaba las
retenciones de IVA y Ganancias sobre el monto total de lo pagado con las
tarjetas de crédito y débito, y el valor de la propina no se discriminaba.

Con la aplicación de esta medida, queda exenta de las
retenciones, con un tope del 15 % del valor de la operación.

Cómo se implementará

La AFIP señaló que los proveedores de las terminales POS
serán los encargados de informar al comerciante la codificación correspondiente
para discriminar el cobro del consumo y de la propina.

En tanto, los clientes y consumidores informarán
voluntariamente si desean incluir la propina en el pago con tarjeta una vez que
soliciten la factura.

Retenciones a
Microempresas

La flamante resolución también establece un beneficio para
los comercios y prestadores de servicios categorizados como microempresas.

Estas firmas quedarán exceptuadas de las retenciones de IVA
y Ganancias por el cobro que efectúen a través de tarjetas de crédito y débito
de cualquier concepto y monto, siempre que se encuentren inscriptos en el Registro
de Empresas Mipymes y que tengan vigente el correspondiente Certificado Mipyme.

 

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