Se podrá pedir el CETA, para vender autos usados, sin clave fiscal

La opción estará habilitada a partir del lunes 3 de diciembre.

La Administración Federal de Ingresos Público simplificó el
proceso para obtener el Certificado de transferencia de Automotores (CETA),  documento
obligatorio siempre que el valor de venta del vehículo sea igual o mayor a los
$ 100.000.

La  Resolución General 4345,
publicada en el Boletín Oficial, detalla las condiciones para completar en la
página web del organismo este trámite, que antes debía realizarse con clave
fiscal.

Al ingresar a la web, las personas deberán informar los
datos del vehículo, de los transferentes, adquirientes y luego confirmar el
trámite.

Además, no deberán llevar un comprobante físico del CETA al
registro nacional de propiedad automotor dado que éste recibirá on line una copia del trámite realizado
ante la AFIP.

 Obtener el CETA en la web oficial de AFIP no tiene
costo, tampoco se necesitan intermediarios ni gestores.

El certificado generado sin clave fiscal se puede consultar
en el sitio web oficial de la AFIP, en la consulta “Certificado de
Transferencia de Automotores (CETA) generados”.

Excepciones

Además, desde ahora también estarán exceptuadas de tramitar
el CETA las transferencias que se originen en las siguientes situaciones,
cualquiera sea el sujeto que las realice:

·        Remates o subastas judiciales o extrajudiciales.

·        Sentencias o resoluciones judiciales, incluidas
las transferencias ordenadas en el marco de trámites sucesorios; denuncias de
“compra y posesión”.

·        Prescripciones adquisitivas ordenadas
judicialmente.

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