El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
estableció el plazo para la inscripción al “Programa Repro II” para los
salarios devengados durante abril de 2021 que estará comprendido entre el 26 de
abril y 3 de mayo de 2021.
Lo hizo a través de la Resolución
206/2021, que también fijó las pautas a considerar para aplicar los
criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de
las empresas que quieran acceder al beneficio del programa según el siguiente
detalle:
· Meses seleccionados para el cálculo de la
variación interanual de la facturación: marzo de 2019 y marzo de 2021
· Altas empresas: No se deberá considerar
la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019
· Mes seleccionado para determinar la nómina de
personal y los salarios de referencia: marzo 2021.
Para el sector gastronómico independiente se fijan los
siguientes criterios:
· Los trabajadores encuadrados en los regímenes de
Monotributo o Autónomo, con empleo dependiente en marzo de 2021, se inscribirán
en el servicio REPRO II del sitio web de la AFIP, desde el 26 de abril y al 3
de mayo de 2021 inclusive.
· Los trabajadores encuadrados en los Regímenes de
Monotributo o Autónomo, sin empleo dependiente en marzo de 2021, se inscribirán
en un servicio específico del programa del sitio web de la AFIP, desde el 28 de
abril hasta el 3 de mayo de 2021 inclusive.