Reducen alícuota para la retención del IVA a la leche

Será del 1% para las operaciones con responsables inscriptos, a partir del 1 de enero de 2018.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) redujo
la alícuota del régimen de retención del IVA para la compraventa de leche
fluida.

A través de la Resolución General 4216 , publicada en el Boletín oficial
se cambió el artículo 7° de la RG 1428 que establece el régimen de retención
del impuesto al valor agregado para la compraventa de leche fluida sin procesar
de ganado bovino.

El mencionado artículo, se sustituye por el siguiente:

“a) 1% en operaciones efectuadas con responsables inscriptos
ante el IVA.”

La mencionada alícuota será de aplicación para los pagos realizados a partir del 1 de enero de
2018
, inclusive, aun cuando correspondan a operaciones realizadas con
anterioridad.

En caso de haberse retenido entre el 1 de enero y el 21 de
marzo del 2018 aplicando una alícuota diferente a la mencionada, las sumas en
exceso deberán devolverse al sujeto retenido aplicando el artículo 6° de
la Resolución General 2.233, sus modificatorias y complementaria:

“Art. 6º – Los agentes de retención y/o percepción se
acreditarán los importes correspondientes a los pagos que hubieran efectuado en
concepto de devoluciones por retenciones y/o percepciones en exceso, los que
les serán compensados por el sistema con otras obligaciones del mismo
impuesto.”

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