Recuerde que puede pagar anticipadamente los montos diferidos

Los conceptos diferidos de Derecho por Ejercicio Profesional y Aporte Previsional, de los períodos abril, mayo, junio, julio y 50% de Agosto 2020, pueden ser cancelados de manera anticipada, sin recargos ni actualizaciones.

 
El CPCE en conjunto con la CPS resolvió diferir el pago del derecho profesional y aportes jubilatorios de los meses de abril, mayo, junio, julio y 50% de agosto, como medida de apoyo a los matriculados durante el período de aislamiento.
Si bien está prevista su cancelación en cuotas sin interés a partir de enero 2021, también puede abonar de forma anticipada algún/os o todos los períodos diferidos, si es su intención no dejar todas las cuotas para el año próximo.
Ingresando por Autogestión a la sección Administración, deberá hacer click en el recuadro “Pagar los aportes diferidos de abril a agosto-20” y allí seleccionar el período que desea abonar.
 
Podrá consultar en el mismo sitio el cedulón de pago y abonar con tarjeta de crédito, débito, botón link pagos o bien imprimir el cedulón para ser abonado en locales de Rapipago o Pago fácil.
 
En caso de mantener la opción de diferir el pago para el año 2021, le recordamos el esquema de cuotas:
Abril-20 y Mayo-20 se abonan en 12 cuotas sin interés de enero a diciembre-21:
*Los importes de cuotas correspondientes al aporte jubilatorio se actualizarán a la escala vigente de aportes en caso de abonarse con posterioridad al vencimiento, en cumplimiento de lo establecido por el Art. 10° de la Ley 8.349.
 
Junio-20, Julio-20 y 50% Agosto-20 se abonan en 12 cuotas sin interés de marzo-21 a febrero-22:
*Los importes de cuotas correspondientes al aporte jubilatorio se actualizarán a la escala vigente de aportes en caso de abonarse con posterioridad al vencimiento, en cumplimiento de lo establecido por el Art. 10° de la Ley 8.349.
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