Qué información se dispondrá para liquidar la renta financiera

La AFIP extendió el plazo para que los bancos y agentes de bolsa suministren datos de 2018.

Las entidades financieras, los agentes de liquidación y
compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV) y las
sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) tendrán tiempo
hasta el 1 de abril de 2019 para suministrar datos sobre las operaciones del
año calendario 2018.

La fecha original del 15 de marzo para cumplir con el Régimen
de Información de rendimientos y resultados producto de la colocación de
capital durante 2018 por parte de personas humanas y sucesiones indivisas se trasladó,
mediante la Resolución General 4438/2019, durante 15 días más a pedido de las entidades.

Según señalaba la Resolución General 4394/2019,
los sujetos obligados tendrán que informar los datos relativos a los depósitos
bancarios, títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos
comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos
similares, bonos y demás valores, en moneda nacional con y sin cláusula de
ajuste, entre otros.

Los agentes de
información deberán poner la información a disposición de sus clientes,
 con
una antelación mínima de 30 días corridos a la fecha de vencimiento
general para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias
de personas humanas y sucesiones indivisas.

Así se completa el Régimen Informativo para Entidades
del Mercado de Capitales (R.G.
4.298
) que rige desde el 1° de enero de 2019, señaló la AFIP.

“Nuestra Parte”

El organismo recaudador, en tanto, pondrá a disposición de
los contribuyentes la información que posee relacionada con los plazos fijos
constituidos y las operaciones realizadas con títulos públicos, obligaciones
negociables, cuota partes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de
fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores, en cada
año fiscal.

Esta información estará disponible a través del servicio
“Nuestra Parte”, al cual se accede con clave fiscal, con la intención de
facilitar la liquidación del gravamen.

La documentación necesaria para que el contribuyente
determine la obligación tributaria es la siguiente:

a) Apellido y nombres y Clave Única de Identificación
Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de
Identificación (CDI), del cliente.

b) De tratarse de depósitos bancarios a plazo:

·        Tipo de depósito.

·        Número de certificado.

·        Carácter del informado.

·        Fecha de alta.

·        Fecha de vencimiento.

·        Moneda de constitución.

·        Monto depositado en moneda original y su
equivalente en pesos.

·        Si posee cláusula de ajuste.

·        Importe de las actualizaciones en moneda
original y en pesos.

·        Monto de los intereses en moneda original y su
equivalente en pesos.

c) En el caso de títulos públicos, obligaciones negociables,
cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos
financieros y contratos similares, bonos y demás valores:

·        Número de la cuenta comitente.

·        Código de especie.

·        Denominación de especie.

·        Moneda.

·        Si posee cláusula de ajuste.

·        Importe total registrado para cada especie de
las actualizaciones e intereses o rendimientos, en moneda original y en pesos.

Cuando se informen operaciones en moneda extranjera, deberá
efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal aplicando el
último valor de cotización tipo comprador que, para la moneda de que se trate,
fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del día del pago o puesta a
disposición.

Cómo se suministra la
información

Los datos deberán enviarse mediante alguna de las siguientes
opciones:

·        Transferencia electrónica de datos mediante el
servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”

·        Intercambio de información mediante
“webservices” denominado “Presentación de DDJJ – perfil
contribuyente”

Una vez efectuada la transmisión de la información el
sistema generará el formulario F.8135.

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