La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó
hasta el 31 de marzo de 2020, el plazo para adherir al plan de facilidades de
pago permanente vigente y la suspensión de embargos para las pequeñas y medianas
empresas (Pymes), que vencían hoy martes 31 de diciembre de 2019.
Mediante la Resolución
General 4651/2019, publicada en el Boletín Oficial, se señala que la
posibilidad de ingresar al plan de la Resolución General N° 4.268 se
extiende hasta que se ponga en marcha el nuevo plan de facilidades previsto en
la Ley de Solidaridad y Emergencia Pública.
En tanto, la Resolución
General 4655/2019 dispuso que la Suspensión de traba de medidas
cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regirá hasta el
31 de marzo de 2020.
Y agrega que, una vez finalizado ese plazo, la traba de
medidas cautelares afectadas por la suspensión, correspondiente a los sujetos
que registren la condición de Mipymes o caracterizados como Potencial Mipyme deberá
efectuarse, en caso de corresponder, en forma progresiva de conformidad con las
pautas que a tal efecto establezca la AFIP.