Prorrogan suspensión de embargos y plan de pagos

Las medidas, que vencían el martes 31 de diciembre, se extendieron hasta fin de marzo de 2020.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó
hasta el 31 de marzo de 2020, el plazo para adherir al plan de facilidades de
pago permanente vigente y la suspensión de embargos para las pequeñas y medianas
empresas (Pymes), que vencían hoy martes 31 de diciembre de 2019.

Mediante la Resolución
General 4651/2019
, publicada en el Boletín Oficial, se señala que la
posibilidad de ingresar al plan de la Resolución General N° 4.268 se
extiende hasta que se ponga en marcha el nuevo plan de facilidades previsto en
la Ley de Solidaridad y Emergencia Pública.

En tanto, la Resolución
General 4655/2019
dispuso que la Suspensión de traba de medidas
cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regirá hasta el
31 de marzo de 2020.

Y agrega que, una vez finalizado ese plazo, la traba de
medidas cautelares afectadas por la suspensión, correspondiente a los sujetos
que registren la condición de Mipymes o caracterizados como Potencial Mipyme deberá
efectuarse, en caso de corresponder, en forma progresiva de conformidad con las
pautas que a tal efecto establezca la AFIP.

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