Prorrogan plazo para adherir a beneficios de la ley de Alivio Fiscal

Se postergaron un par de semanas los vencimientos para pedir la condonación de deudas, moratoria y contribuyente cumplidor.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio
más tiempo a los contribuyentes para acceder a los beneficios previstos en la
ley de Alivio Fiscal.

La solicitud para la condonación de deudas inferiores a $ 100.000
podrá realizarse hasta el 16 de marzo, mientras que la adhesión a la moratoria
y los beneficios para contribuyentes cumplidores se extienden hasta el 31 de
marzo.

La ley de alivio fiscal contempla un conjunto de medidas
para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación
económica. La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General
5157/22 que será publicada en el Boletín Oficial.

Condonación de deudas

El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal vence el
próximo 16 de marzo La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y
organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de
trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.
También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños
contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado
MiPME. 

Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web
de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653”
con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte
inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder
al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad
hasta el 16 de marzo, inclusive.

Moratoria

El plan de regularización de deudas forma parte de los
beneficios previstos en la ley de alivio fiscal. La adhesión al plan de
regularización está habilitada hasta el 31 de marzo de 2022 mientras que la
primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las subsiguientes los días 16 de
cada mes.

El plan de facilidades de pago permite solicitar el
beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos
intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de
agosto de 2021, inclusive. Por otra parte, los deudores en concurso preventivo
podrán adherirse a la moratoria hasta el 31 de marzo de 2022, inclusive. 

Contribuyentes cumplidores

En cuanto a los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo
hasta el 31 de marzo para acceder a los distintos beneficios establecidos en la
ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del
componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período
fiscal mayo de 2022. 

 

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