Precios de transferencia: establecen un régimen simplificado

Se aplicará a algunos sujetos, que cumplan determinadas condiciones.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
implementó un Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales, para que sea
más sencillo de cumplir los requerimientos de documentación e información de
Precios de Transferencia.

Lo hizo a través de la Resolución General 5010/2021 (descargar
adjunto) que se publicará en el Boletín Oficial y que complementa la Resolución
General 4717. 

La normativa contempla los inconvenientes que encuentra la
comparabilidad de precios de transferencia por la pandemia del Covid-19.

De todos modos, la AFIP podrá pedir a quien opte por el
régimen simplificado que presente el Estudio de Precios de Transferencia si se
justifican las condiciones y las operaciones superen los 3 millones de pesos en
el período fiscal o 300.000 en forma individual.

Por eso,  se prorrogan
los vencimientos para los ejercicios cerrados entre el 31 de diciembre de 2020
y el mismo día de 2021. Los contribuyentes alcanzados por la norma tendrán más
tiempo para presentar el F.2668, el Estudio de Precios de Transferencia y el
nuevo F.2672 (RS).

Las presentaciones vencerán entre el día 23 y el 27 (o día hábil
siguiente), según número de CUIT, del sexto mes posterior al cierre del ejercicio
fiscal.

La medida posibilita el uso de información de comparables
contemporáneos, señaló el fisco.

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