Percepción sobre moneda extranjera: se elimina para compra de personas humanas

La ARCA publicó la resolución general que deja sin recargo la compra de dólar para atesoramiento.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó su normativa a los anuncios realizados el viernes por el Banco Central respecto al recargo que se aplica a las operaciones cambiarias.

Mediante la Resolución General 5672/2025, publicada este lunes 14 de abril en el Boletín Oficial, se modificó la RG 5617/24 para excluir de la percepción del 30% a cuenta del Impuesto a las Ganancias a la compra de billetes y divisas (moneda extranjera) para atesoramiento realizada por personas humanas y sucesiones indivisas.

De esta manera, la compra del denominado “dólar ahorro” en el mercado oficial de cambios opera sin restricciones para personas físicas, ya que también se eliminaron las restricciones cruzadas y las derivadas de la pandemia.

La percepción del 30% se mantiene para las restantes operaciones:

  • Cambio de divisas destinadas al pago de la adquisición de bienes o servicios realizadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito. Se incluyen compras realizadas a través de portales o sitios virtuales.
  • Cambio de divisas destinadas al pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito.
  • Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
  • Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

Asimismo, la norma adecuó los códigos a considerar en cada caso.

 

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