Participaciones societarias: prórroga hasta el 30 de diciembre

Se implementaron cambios en el régimen de información y una nueva fecha de vencimiento.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
extendió hasta el 30 de diciembre de 2020 el plazo para que las
empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.

Así, se extiende dos semanas adicionales  el plazo para cumplir con el régimen
informativo que dispuso la obligación de identificar a las personas humanas con
participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos
comunes de inversión. La AFIP definió que los fideicomisos también deberán
reportar quiénes son sus beneficiarios finales.

La AFIP reemplazó el régimen de información sobre
participaciones societarias para requerir a los contribuyentes los datos
referidos a los beneficiarios finales;
aquellas personas humanas que
mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y
fondos comunes de inversión.

Asimismo, el organismo amplió el alcance del régimen de
información que deben cumplir los sujetos que actúen como fiduciarios
respecto
de los fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros, así
como por los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios,
fiduciantes y/o beneficiarios de fideicomisos (trusts) constituidos en
el exterior a fin de incorporar la obligación de informar a sus beneficiarios
finales. 

Normativa

Las medidas se instrumentan mediante dos normativas que
se publicarán este lunes en el Boletín Oficial.
La Resolución General
N°4878
modifica los criterios previstos en la normativa original que
dispuso la obligación de identificar a las personas humanas con participaciones
en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.
La resolución extiende los plazos hasta el 30 de diciembre de 2020 y
facilita las tareas de cumplimiento de las y los contribuyentes obligados a
reportar quiénes son sus beneficiarios finales.

Entre las novedades y
precisiones que introduce la normativa se destacan: 

·        
Establece que el deber de informar si quienes
revistan cargos directivos, son beneficiarios finales

·        Dispone considerar como beneficiarios finales a
las personas humanas domiciliadas en el país por sus participaciones en
entidades del exterior

·        Excluye de la obligación de ser informados, a
aquellos sujetos que participen con un menos del 2% en sociedades u otras
entidades que coticen en mercado de valores, o que tengan una participación
inferior a $50.000.000, el que resulte menor.

·        Se deberá informar la cadena de participaciones
cuando se trate tenencia indirecta a través de entidades radicadas o ubicadas
en el exterior, o el primer nivel de participaciones en el resto de los casos.

Por su parte, la Resolución General N°4879 estableció el
nuevo régimen informativo que obliga a los fideicomisos a reportar quiénes son
sus beneficiarios finales
. La decisión alcanza tanto a los fideicomisos
constituidos en el país como aquellos del exterior. La normativa dispone que
tendrán hasta el 29 de enero de 2021 para suministrar la información
requerida sobre las personas humanas que sean beneficiarias finales. Asimismo,
la resolución extiende el plazo para que los fideicomisos presenten sus
declaraciones juradas informativas anuales correspondientes a 2019 hasta el 30
de diciembre de 2020.

La normativa de la AFIP, que también será publicada este
lunes, ofrece precisiones sobre la información a suministrar por parte de los
sujetos obligados, los datos relativos al beneficiario final de cada una de las
entidades informadas. La resolución prevé que para situaciones de tenencia
indirecta se informe la cadena de participación para garantizar un mayor grado
de transparencia (el primer nivel cuando sean nacionales y toda la cadena
cuando estén localizadas en el exterior)

“Las modificaciones permitirán a la AFIP recabar más
información respecto de las operaciones realizadas por los fideicomisos a los
efectos de mejorar la capacidad de fiscalización de la operatoria de dichas
entidades. Los cambios permitirán, por ejemplo, verificar si los terceros involucrados
en las operaciones declaran la transacciones que correspondan, de forma que sea
posible identificar a los responsables en caso de verificarse maniobras
evasivas o elusivas”, señaló el organismo en un comunicado.

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