Nuevo aplicativo de Ganancias Personas Jurídicas

Incorpora cuestiones referidas al beneficio del contribuyente cumplidor y Ley de Economía del Conocimiento

La Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) pubilicó una nueva versión de la herramienta para determinar y
realizar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de las sociedades.

Mediante la Resolución
General 4968/2021
, publicada en el Boletín Oficial, se estableció que se
deberá utilizar el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS
JURÍDICAS – Versión 19.0”
o la versión que se apruebe en el futuro, cuyas
características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el
anexo de la norma.

La modificación busca incorporar el beneficio
para las micro y pequeñas empresas que accedieron a los beneficios de
contribuyente cumplidor en 2020 (amortizar de forma acelerada sus inversiones
en bienes muebles registrables y obras de infraestructura desde el 26 de agosto
de 2020) y la reducción del porcentaje del monto total del Ganancias implementado
en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

El programa está accesible en el sitio web
del organismo (http://www.afip.gob.ar).

Las modificaciones introducidas en esta
nueva versión contemplan, entre otras, las siguientes incorporaciones:

·       En las pantallas “Total de
Inmuebles”, “Total de Rodados”, “Total de Instalaciones” y “Total de Otros
Bienes de Uso” se agrega el siguiente campo: “Amortización Acelerada Ley 27541
Ley de Solidaridad Social – Beneficio cumplidores”.

·       Se incorpora en la pantalla
“Datos Descriptivos – Proyectos Promovidos” la posibilidad de seleccionar en el
Campo “Tipo Promoción” los siguientes proyectos: “Ley de Economía del
Conocimiento” -Micro y Pequeñas Empresas, Medianas Empresas o Grandes
Empresas-, de manera tal que permita aplicar la reducción del impuesto a las
ganancias establecida en el artículo 10 de la Ley 27.506 y su modificación
-Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento-.

·       Se actualiza la Tabla Regímenes
de Retención/Percepción

Vigencia. La
nueva herramienta se debe aplicar a las declaraciones juradas, originales o
rectificativas, que se presenten a partir de el miércoles 21 de abril.

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