Novedades de AFIP: inversiones, exportadores, devolución de percepciones y otros temas

Temas que impactan en la actualidad tributaria y laboral de la última semana.

Devolución de percepciones

Se incorporaron aclaraciones en el micrositio relacionadas
al nuevo desarrollo que permite que, los contribuyentes que hayan sufrido
percepciones bajo un código de impuesto erróneo puedan solicitar la devolución.

Hay una nueva versión de la herramienta F1746 – Sistema
de Devoluciones Web
que permite a los contribuyentes que fueron percibidos
con el código de impuesto incorrecto, presentar la solicitud mediante F1746.
Dado que al no estar inscriptos no podían computarlo.

Podrán solicitar su devolución:

• Inscriptos en Bienes Personales, que percibieron al código
217 (SICORE – Impto. a las Ganancias)

• Inscriptos en Ganancias o IVA, que percibieron al código
219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales)

• Empleados en relación de dependencia y/o jubilados que
sufren retenciones código 787 (Retenciones artículo 79 Ley Ganancias inc. A, B
y C), a quienes percibieron al código 219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales)

Inversiones en bienes de uso

Mediante la Resolución
General 5298
de AFIP se amplía el plazo para efectuar la “Pre solicitud” de
acceso al régimen de devolución de los créditos fiscales originados en la
compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de
bienes de uso -excepto automóviles-, en el marco del régimen establecido por el
primer artículo sin número agregado a continuación del artículo 24 de la Ley de
Impuesto al Valor Agregado.

Programa de incremento exportador

La Resolución 174/2022 del Ministerio de Agricultura, Ganadería
y Pesca dispone que los exportadores que hayan adherido al Programa de
incremento exportador y que cuenten con DJVE con vencimiento del periodo de
embarque declarado, más la prórroga automática, durante diciembre de 2022 y enero
2023, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de
90 días corridos.

Programa Operador Económico Autorizado (OEA)

La Resolución General 5299 de AFIP extiende hasta el 29 de
noviembre de 2023, inclusive, el plazo del artículo 18 de la RG 5107/21, para
el cumplimiento, por parte de los operadores alcanzados, de los requisitos
establecidos en el Anexo II de la citada norma.

Trabajo registrado en línea

A través de la Resolución General
5300/2022
, la AFIP implementó mejoras a la herramienta informática “Trabajo
Registrado en Línea”, utilizada en las fiscalizaciones que se realizan sobre
los responsables comprendidos en el régimen de empleadores.

Desde el próximo 2 de enero, la herramienta habilitará la
emisión digital de las planillas de relevamiento de personal, las actas y toda
otra documentación derivada del acto de fiscalización. Durante este proceso se
podrá generar y suscribir en forma digital la planilla
de relevamiento de personal (F.8240/E)
 y el acta
de notificación de relevamiento (F.8400/E)
.

Ambos documentos se conservarán en archivo electrónico y
podrán ser consultados e impresos por los interesados accediendo con clave
fiscal al servicio “e-TRL”.

Carta de Porte Electrónica Derivados Granarios

La AFIP incorporó en su sección ABC-Preguntas Frecuentes los
siguientes temas:

·       ID 26145024 – ¿Por qué motivo no se visualiza en
el sistema el domicilio de la planta de origen/destino al emitir una carta de
porte electrónica derivados granarios?

·       ID 26145025 – Los corredores de “Derivados
Granarios”, ¿deben inscribirse en el sistema de información simplificado
agrícola – SISA?

·       ID 26145026 – Los corredores de granos
inscriptos en SISA en la categoría “Corredor” ¿Deben inscribirse nuevamente en
el sistema con esa categoría si realizan la actividad de corredor de Derivados
Granarios?

·       ID 26145027 – ¿Se controla el peso total del
camión?

·       ID 26145028 – ¿Se controla el peso total del
vagón?

·       ID 26145029 – ¿Es posible emitir varias cartas
de porte para un mismo camión, en el mismo viaje para diferentes derivados
granarios?

·       ID 26145030 – ¿Es posible emitir varias cartas
de porte para un mismo vagón, en el mismo viaje para diferentes derivados
granarios?

·       ID 26145031 – Quienes emitan una carta de porte
electrónica para derivados granarios para antes del 1 de marzo de 2023, ¿el
destino deberá confirmar, rechazar o indicar nuevo destino?

·       ID 26145032 – ¿Es posible emitir una carta de
porte electrónica para derivados granarios a un receptor no inscripto en
RUCA/SISA?

·       ID 26145033 – En el caso en que el “Derivado
Granario” no pertenezca a la CUIT Solicitante de la carta de porte electrónica
para derivados granarios, ¿cómo debe identificarse al dueño del derivado
granario?

·       ID 26145034 – ¿A quiénes considera Consumidor
final la Resolución General 5235/2022?

·       ID 26145035 – La carta de porte electrónica para
derivados granarios, ¿reemplaza la solicitud del COT?

·       ID 26145036 – ¿Cuántos desvíos acepta una carta
de porte electrónica para derivados granarios?

·       ID 26145037 – ¿Puede haber un rechazo parcial de
una carta de porte electrónica para derivados granarios?

·       ID 26145038 – Una granja avícola integrada que
recibe los pollitos BB, el alimento balanceado y otros insumos, brindando
solamente el servicio de crianza e instalaciones ¿debe inscribirse en SISA? ¿En
caso de no ser una granja avícola integrada también se encuentra obligada?

Sistema Integral de Recupero (SIR)

También se incluyeron estas preguntas frecuentes:

·       ID 26145039 – ¿Qué es el Sistema Integral de
Recupero (SIR)?

·       ID 26145040 – ¿Cuáles son los requisitos para
utilizar el servicio y acceder al beneficio del recupero?

·       ID 26145041 – ¿Cómo ingresar una solicitud de
recupero?

·       ID 26145042 – ¿Cómo debe procederse en caso de
que deba incorporarse a la solicitud un informe profesional u otra
documentación de respaldo?

·       ID 26145043 – ¿Cómo se resuelve la solicitud de
beneficio?

·       ID 26145044 – ¿Cómo pueden ser los períodos de
presentación?

·       ID 26145045 – ¿Cómo deben presentarse las
rectificativas?

·       ID 26145046 – Si se obtiene el beneficio de
reintegro a través de presentaciones rectificativas, ¿qué fechas de presentación
deberán considerarse para el cálculo de intereses en caso de que el régimen
admita la utilización del beneficio autorizado para la devolución?

·       ID 26145047 – Si se obtiene el beneficio de
reintegro a través de presentaciones rectificativas, ¿qué fechas de presentación
deberán considerarse en caso de que el régimen admita la utilización del
beneficio para la compensación de obligaciones o su aplicación para la
cancelación de deudas de seguridad social?

·       ID 26145048 – ¿Cuál es el plazo de resolución de
las solicitudes?

·       ID 26145049 – ¿Existe un plazo general para
solicitar el beneficio de cualquier régimen?

·       ID 26145050 – ¿Es posible desistir de la
presentación?

·       ID 26145051 – ¿Dónde verificar las
notificaciones y requerimientos?

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